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Arribá - " El Peronismo y la Política de Radiodifusión (1946-1955)" - Políticas y Planificación - Cátedra: Postolsky

 El Peronismo y la Política de Radiodifusión (1946-1955)

por Sergio Arribá


“El Justicialismo ha abandonado definitivamente el antiguo concepto liberal e individualista de la absoluta libertad, por entender que la libertad absoluta es el medio más propicio para el abuso de la libertad, que conduce a la explotación y a la opresión del poder por parte de unos pocos frente a la debilidad inmensa de la mayoría. El Justicialismo entiende que la libertad es un medio y no un fin, que no es lógico luchar por la libertad como tal, por si misma, pero que ella es un instrumento necesario e insustituible para el hombre, que ha de usarlo en su propio beneficio, pero también en beneficio de la comunidad.  Para nosotros la libertad, como la propiedad, como el capital, como la economía y todo lo que es un bien del hombre es, no solamente un bien individual, sino que además es un bien social” [1].

(Juan Domingo Perón)


I. Introducción

            Este trabajo pretende desarrollar y analizar la historia de la radiodifusión en la etapa del peronismo comprendido entre 1946 y 1955. Para ello será importante tener presente que más allá de la infinidad de textos que abordan al peronismo y a la figura de Juan Domingo Perón desde todas sus caracterizaciones, la relación con los medios de comunicación en su conjunto -prensa gráfica, radio, televisión y cinematografía- continúa constituyéndose hasta la fecha un vacío importante en la historia de nuestro país.

            Algunos trabajos de autores argentinos se han aproximado en la investigación de esta etapa -de manera primaria y selectiva en relación a la recolección de datos e informaciones- pero han tenido fuertes debilidades e insuficiencias en el análisis de la información ya que la falta de objetividad del investigador se puso de manifiesto, privilegiando en estos casos un análisis ideológico subjetivo que en definitiva, más allá de alejarse de la verdad, sólo genera confusión.

            Porque para desarrollar esta etapa que instituye una bisagra en la historia de nuestro país; contextos, procesos, actores, factores e intereses no pueden describirse de manera aislada sino en su relación con la totalidad para poder aproximarnos a la comprensión de este fenómeno sin precedentes, denominado peronismo.

Cuando nos referimos a la interrelación se corresponde a la integración de los siguientes actores[2] y sus diversos miembros: Sociedad, Estado y Mercado en referencia a la situación histórica y al contexto internacional que influyó inevitablemente en el proceso de constitución de estos actores.

Juan Domingo Perón modificó una realidad social de la época accionando desde la política a través de los organismos del Estado -como una estructura horizontal- afectando variables de la economía (para trasladarse de un modelo agroexportador a un modelo de sustitución de importaciones) con la finalidad de generar una distribución igualitaria de la riqueza para toda la sociedad a través de la justicia distributiva o justicia social. Y como una estructura vertical, el Estado conformó un monopolio de la información y un monopolio de los medios de comunicación para consolidar el adoctrinamiento de las masas[3] (Perón siempre se dirigió a la sociedad utilizando el concepto de pueblo) por intermedio de la difusión de sus ideas fuerzas “justicia social, independencia económica y soberanía política” y del programa de gobierno, titulado “Doctrina Peronista”. Esta conceptualización permitiría alcanzar finalmente lo que Perón denominó “La Nueva Argentina”[4].

Para poder llevar adelante este proceso, desde la implementación de políticas públicas, Perón edificó dos conjuntos de políticas conflictivas y críticas: a) restricción de libertades individuales en pos de alcanzar la igualdad de toda la sociedad y b) obstaculización del principio político de la división de poderes para centralizar y concentrar el poder.

Es importante destacar que en todos los países democráticos el proceso de consolidación de la restricción del poder mediante su distribución en el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial, se desarrolla paralelamente al concepto de soberanía popular.

Las siguientes páginas sólo desarrollarán el fenómeno de la radiodifusión (radio y televisión) -teniendo en cuenta la limitación espacial- y estará ausente la profundización de la prensa gráfica y el cine ya que conforman otro capítulo de este período histórico, el cual explicaría que la política de radiodifusión conjuntamente con la política de prensa conformó -de manera desarticulada- la política nacional de comunicación del gobierno.


II. El Peronismo: La expresión extraordinaria de la conformación del poder

Para referirnos al peronismo es importante analizar el período que recorren los años comprendidos entre 1943 y 1946, para ubicar la génesis de Perón y el escenario político que conformó como plataforma para consagrarse a través del voto en las elecciones realizadas el 24 de febrero de 1946.

            El 4 de junio de 1943 el Gral. Arturo Rawson y el Gral. Pedro Pablo Ramírez encabezaron un golpe de estado derrocando al Dr. Ramón Castillo con motivo de finalizar una etapa de la historia de nuestro país caracterizada en la década del treinta por la hegemonía del conservadurismo y la inexistencia de la moral política, singularizada en el fraude electoral y el soborno político.

            Este acontecimiento estuvo comprendido por un suceso significativo que se había generado el 10 de marzo de 1943, la constitución del GOU[5] (Grupo Organizador y Unificador, Grupo de Obra de Unificación, Gobierno, Orden y Unidad o Grupo de Oficiales Unidos[6]).

            Este grupo militar, integrado por veinte oficiales del ejército -entre los que se destacaba el entonces Cnl. Juan Domingo Perón- tenía como objetivo principal constituirse como un grupo de enlace entre jóvenes oficiales del ejército, que cuestionaba el orden social establecido de la época y pretendía colaborar con el nuevo gobierno para evitar casos de corrupción y avances del comunismo.

            El GOU, más allá de la redacción de la Proclama del golpe de estado de 1943 realizada por Perón y el Cnl. Miguel Montes, titulada “Al Pueblo de la República Argentina”, no tuvo participación relevante en el momento inicial de la conformación del poder del nuevo gobierno de facto o dictatorial.

            El régimen de gobierno encolumnado por el Gral. Arturo Rawson tuvo dos etapas en su integración. La primera, en el inicio del golpe de estado fue ejercida por el Gral. Pedro Pablo Ramírez, desde junio de 1943 hasta febrero de 1944 y la segunda fase, comprendida desde febrero de 1944 hasta junio de 1946, fue desarrollada por la figura del Gral. Edelmiro Farrell.

            Esta última etapa, en la Presidencia del Gral. Farrell[7], permitió construir a Perón su proyecto político, denominado entre 1946 y 1955 la “Doctrina Nacional”[8]. Perón ocupó entre 1943 y 1945[9] los cargos sucesivos de Director y Secretario de Trabajo y Previsión, Ministro de Guerra, Presidente del Consejo de Posguerra y Vicepresidente de la Nación.

            El escenario internacional tuvo dos sucesos trascendentales, uno de carácter económico, las derivaciones de la crisis del treinta y otro de carácter político, la Segunda Guerra Mundial (1939-1945).

Las consecuencias de la crisis económica mundial de 1930 produjo una tendencia histórica al proteccionismo de los Estados en relación al libre comercio que fluctuaba anteriormente.

Este nuevo modelo económico empezaba a marcar diferencias estructurales entre los países sostenidos por la dependencia de países periféricos (agroexportadores) en relación a países centrales (industriales). Esta variable histórica se profundizaría en la década del cincuenta a través del desequilibrio del intercambio entre los países que producen el estrangulamiento de los países subdesarrollados o de la periferia donde los precios de los productos que exportan los países subdesarrollados tienen tendencia a bajar con relación a los precios de los que exportan los países desarrollados (Prebisch, 1981). Es decir, los países subdesarrollados, manteniendo igual cantidad de sus exportaciones reciben cada vez menos productos extranjeros o tienen que entregar cada vez más productos propios para recibir la misma cantidad de productos. Trayendo como resultante que los países subdesarrollados se ven privados del poder de compra externo y tienen que reducir sus adquisiciones de maquinaria y de producción, afectando el propio desarrollo de las naciones.

            La Segunda Guerra Mundial se consolidó en el tema prioritario de todas las naciones, donde nuestro país no fue la excepción y tuvo importantes implicancias.

            El período más crítico del conflicto bélico acompañó la presidencia del Gral. Farrell y puso en cuestión cuál era nuestro destino político[10] en el marco de tres opciones: a) ser un país no beligerante o neutral, b) estar a favor de los Aliados -Estados Unidos, el Reino Unido de Gran Bretaña, la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y la República Francesa, principalmente- o, c) estar a favor del Eje -Tercer Reich y el Imperio del Japón-.

            Esta cuestión internacional evidenció el pensamiento de la política nacional donde la prolongación del gobierno en declarar la guerra a Alemania y Japón -situación que hizo de manera tardía[11]- trajo, entre otras consecuencias, luego de múltiples presiones, sanciones económicas de Estados Unidos hacia nuestro país.

            La disputa ideológica se centralizó en que el gobierno de facto o dictatorial parecía corresponderse como un gobierno “pronazi”, no obstante, otra posición destacaba que se comportaba como un gobierno antinorteamericano (Rouquié, 1986).

            La fundamentación de este pensamiento se remite a que la formación histórica del ejército argentino -desde 1900[12]- fue desarrollada por doctrinas y militares alemanes. Desde aquí se tiene que partir para intentar comprender el por qué de las relaciones tan controversiales existentes entre los militares argentinos y los alemanes.

            En nuestro país la clase alta tradicional complementada por una élite económica y un sistema de partidos políticos sostenidos por “La Concordancia”[13] marcaron una señal que la nación argentina estaba signada por prácticas políticas desleales –fraude, soborno y corrupción- que lograban la supervivencia de ciertos sectores de la sociedad y de determinados partidos políticos adeptos al régimen dominante. El conjunto de la sociedad, a través del pueblo, estaba excluido en la integración de los factores de poder, del reconocimiento de derechos sociales y del beneficio de políticas de desarrollo.

            Este panorama demostró antes de la asunción de Perón al gobierno, una crisis nacional comprendida en cinco aspectos críticos: identidad, dependencia, distribución, participación y legitimidad (Waldmann, 1981).

            El gobierno de Farrell intentó sobrellevar las crisis internas que producían la ausencia de toma de decisión en relación al conflicto bélico internacional, la disolución de los partidos políticos y del Congreso de la Nación y la permanencia del estado de sitio. Así, la política interior empezó a gestarse a partir de un sólo hombre, el Cnl. Juan Domingo Perón.

            Desde la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, en el gobierno del Gral. Farrell, Perón potenció al pueblo como protagonista de la historia y así el pueblo se consolidó como el máximo factor de poder. A través de dos ideas determinantes: a) formar una conciencia nacional sobre la base de tres requisitos fundamentales; elevación de la cultura social de las masas trabajadoras, dignificación del trabajo y humanización del trabajo y b) la sanción de legislaciones sociales; para otorgar al pueblo derechos sociales.

            Perón instauró aquí la esencia del poder -donde nadie lo había realizado anteriormente- y no en las instituciones de la república. El poder que estaba en el pueblo, en los trabajadores, Perón lo institucionalizó posteriormente a través del sindicalismo y de la Confederación General del Trabajo (CGT)[14].

            En este aspecto vemos una nueva visión en la historia de nuestro país en la construcción del poder porque no solo implicó la probabilidad de imponer la propia voluntad a otro, dentro de una relación social, aún contra toda resistencia y cualquiera sea el fundamento de la probabilidad (Weber, 1989) sino que el poder se refirió a la capacidad de alcanzar objetivos y realizar intereses (Acuña, 2004), concibiéndose como influencia y control para cambiar el curso de futuros acontecimientos que sólo pueden ser concebidos al adoptar decisiones trascendentales (Lukes, 1985).

            Debido al importante crecimiento y gravitaciones que produjo como hombre y realizador político Perón empezó a tener profundas e irreconciliables divergencias en las fuerzas armadas[15] que lo terminaron aislando militarmente y conduciendo al encarcelamiento en la isla Martín García, luego de exigirle la renuncia de todos los cargos que ocupaba[16].

            Ante la inestabilidad institucional generada y la negativa del gobierno de facto de entregar el poder a la Corte Suprema de Justicia, se convocó a elecciones nacionales. En el término de esta proposición luego de una manifestación social excepcional[17] en Plaza de Mayo fue liberado Perón.

            En esta circunstancia se conformó un frente electoral bajo el nombre de “Unión Democrática”[18] que se opuso a la candidatura de Perón que encabezó desde el “Partido Laborista”[19], quien tenía el apoyo de un sector del gobierno, de amplios sectores populares, de un sector de la Iglesia Católica[20] y de la CGT pero carecía de una estructura partidaria. Finalmente, la fórmula Perón-Quijano[21] triunfó -de manera inesperada[22]- con el 52,40 %[23] de los votos frente al 47,50 % del binomio Tamborini-Mosca de la “Unión Democrática”.

            Perón, desde la figura de conductor y de caudillo[24], conformó un modelo de Estado social, nacional y popular donde “los distintos factores de la sociedad estuvieron armonizados por un compromiso histórico del Estado con la sociedad. La legitimación comenzó a basarse en la respuesta del Estado a las demandas populares, en el distribucionismo, el apoyo plebiscitario y el liderazgo carismático como articulador de la movilización popular”[25].

            En la conceptualización del caudillo se lo puede encuadrar a Perón ya que era el conductor de la masa y lo fundamental de su mando era la obediencia que había conquistado con su natural calidad de mandar. Los caudillos presentan dos misiones históricas: luchar por la independencia y detentar el poder civil y militar (Sabsay, 1968).

            En la primera presidencia (1946-1952) para consolidar la “Nueva Argentina” a través del Estado social Perón partió de la idea-fuerza de construir una nación “socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana”. Para ello desarrolló el accionar de su gobierno integrando los factores fácticos del poder para lograr una concepción corporativista por intermedio del sindicalismo, las fuerzas armadas, los sectores económicos y la Iglesia Católica.

            Sobre estos cuatro ejes construyó la fortaleza del Estado y desde éste generó tres políticas claves: a) creación de Consejos y Comisiones Consultivas, b) instrumentación de Planes Quinquenales y c) desarrollo de legislación y políticas sociales.

            Los Consejos tenían gran importancia como medio de influencia del Estado sobre la sociedad siendo instituciones puente entre la esfera estatal y la social, dotándolos de gran autonomía y designando representantes de los grupos de intereses como integrantes de aquellos.

            Entre 1945 y 1955 los más importantes fueron: el Consejo Nacional de Postguerra[26], el Consejo de Defensa Nacional, el Consejo Económico-Social, el Consejo Consultivo Cinematográfico, el Consejo de Coordinación Interministerial, el Consejo Federal Coordinador de Planes de Gobierno, la Junta Nacional de Intelectuales, la Comisión Nacional de Cooperación Económica, la Comisión Nacional de Precios y Salarios y la Comisión Económica Consultiva.

            Perón fue uno de los primeros gobernantes del mundo[27] que destacó la importancia de planificar el desarrollo de la sociedad en su conjunto -planes económicos y sociales- integrando todos los actores, presupuestos y factores del Estado (Waldmann, 1981).

La experiencia histórica le determinó la conformación de un Primer Plan Quinquenal[28] (1947-1951) que se programó como un conjunto heterogéneo y en varios casos desarticulado de políticas públicas plasmándose en un grupo de leyes referidas a tres capítulos: gobernación del Estado, defensa nacional y economía.

El Segundo Plan Quinquenal[29] (1953-1957) que se presentó desde la ley  Nº 14.184, se consagró como un plan público y privado de políticas que se basaba en el programa y la acción del gobierno, la “Doctrina Peronista”, de ahora en más la “Doctrina Nacional”.

            La concepción antropológica del peronismo se sitúa en la Doctrina Social de la Iglesia Católica ya que afirma que “el Estado es para el hombre y no el hombre para el Estado y el hombre alcanzará su fin último cuando haga uso de su libertad que el Estado resguarda y hace efectiva promoviendo el bien común en un orden justo”[30].

            Así, la “Doctrina Peronista” sostiene que para obtener la libertad civil, la igualdad jurídica y el respeto por los derechos políticos es necesario realizar reformas económicas y sociales que permitan al hombre apoderarse de esas conquistas. Desde la perspectiva de la justicia social se pretendía pasar de una democracia política a una democracia social.

            Esta concepción social de la democracia se consolidó en la reforma de la Constitución Nacional de 1949[31] cuando se introdujo el capítulo III los “Derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y de la educación y de la cultura”.

            Todos los derechos fueron reseñados en un solo artículo constitucional, el Nº 37, que en relación al trabajador indicó: “Decláranse los siguientes derechos especiales: Del trabajador: I) derecho de trabajar, II) derecho a una retribución justa, III) derecho a la capacitación, IV) derecho a condiciones dignas de trabajo, V) derecho a la preservación de la salud, VI) derecho al bienestar, VII) derecho a la seguridad social, VIII) derecho a la protección de su familia, IX) derecho al mejoramiento económico y, X) derecho a la defensa de los intereses profesionales”.

            El capítulo IV (art. 38 al 40) de la nueva Carta Magna titulaba “La Función Social de la propiedad, el capital y la actividad económica”. En el texto se reconoce la libertad privada y se permite la libre actividad del hombre y como este dominio se fundamenta en la libertad del hombre, queda establecida la justicia y la universalidad de la propiedad privada porque ella es un derecho natural inherente a toda persona humana. Pero ese derecho del hombre estará limitado por la justicia social.

Sobre el derecho a la apropiación privada se encuentra “el derecho de todos al uso de los bienes materiales”[32]. Por lo tanto, la función social de la propiedad, no es un derecho absoluto, sino que debe ejercitarse conforme al bien común.

El artículo Nº 38 destaca que “La propiedad privada tiene una función social y en consecuencia estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común”. La función social del capital “debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social” (art. Nº 39) y la función social de las empresas “tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de justicia social” (art. Nº 40).

            La nueva política económica y social se edificó sobre una estructura conformada por tres políticas generales: a) creación del Instituto Argentino de Promoción del Intercambio (IAPI), b) nacionalización del Banco Central y, c) creación del Banco de Crédito Industrial.

            Si los derechos sociales enunciados alcanzarían la justicia social, esta matriz económico-financiera intentaría concretar los tres objetivos de la independencia económica: a) liquidación de la deuda externa y repatriación de las inversiones en el extranjero, b) conquista de nuevos mercados en América del Sur, Europa y Oriente y, c) estímulo a las importaciones de bienes de capital y materia prima, con el propósito de fortalecer el sector industrial.

            La formidable coyuntura económica de la posguerra que demandaba los productos argentinos y ofrecía altos precios se enfatizaba con las crecientes cosechas, las abundantes producciones ganaderas y la consolidación de la industria liviana.

            La utilización de las reservas tuvieron un triple destino: adquisición de maquinarias y equipos, repatriación de la deuda externa pública y privada y nacionalización de los servicios públicos.

            El mercado interno se construyó sobre una política salarial ascendente, el control de precios, la lucha contra el agro y la especulación, lo que repercutió positivamente en el aumento del nivel de vida de la población en materia de ingresos, educación y salud.

            La política internacional del gobierno se sustentó en la idea de Perón de realizar un equilibrio internacional de fuerzas a través de la “Tercera Posición”[33], insertando al país en el mundo para conformar el liderazgo estratégico en América Latina[34].

            Cinco consignas resaltan la visión internacional: a) unidad continental en América Latina por intermedio de un bloque liderado por Argentina, b) evitar actitud frontal con Estados Unidos y el resto de las naciones de Occidente, aplicando una táctica de negociación autónoma[35], c) posición cordial y equilibrada con la Unión Soviética, d) optar por una línea directa y abstencionista en las votaciones de los organismos internacionales y, e) difusión internacional de la doctrina justicialista, proponiéndola como posible salida al mundo. Estos enunciados conducirían a la tercera idea-fuerza de Perón, lograr la soberanía política de la nación.

            Todas estas acciones políticas estuvieron unidas a dos conjuntos de políticas controversiales que empezaron a opacar y poner en crisis la acción de gobierno: a) limitar libertades individuales -en la esfera de lo social[36]- y b) dificultar la división de poderes -en la esfera de lo político-.

            Para desarrollar el adoctrinamiento del pueblo fue necesario tener el monopolio de la información -que aseguraba a Perón el uso exclusivo de la palabra para difundir la acción de gobierno y la “Doctrina Nacional”- y el monopolio de los medios de comunicación -para garantizar la correcta difusión sobre todo lo actuado-. Sobre la base de un grupo de medidas -que desarrollaremos en los próximos capítulos- Perón controló la prensa gráfica, la radio y la televisión en un proceso de concentración y centralización.

            Más allá del dominio natural del Poder Ejecutivo y la mayoría absoluta de senadores y diputados peronistas que integraban el Poder Legislativo (a partir de 1952 alcanzó el 91 %[37]), en 1947 el Senado de la Nación, promovido por la Cámara de Diputados, en un juicio político destituyó a la Corte Suprema de Justicia y al Procurador General de la Nación -que estaban en sus cargos desde la década del treinta-.

            En la naturaleza de los tres distintos poderes, Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial se encuentra la limitación del poder político por las leyes fundamentales del bien público y de la libertad privada, donde en este reparto y ejercicio real (no formal) de funciones se constituye la garantía de la libertad.

De esta forma, dentro de la concepción democrática vigente y teniendo presente que Perón hablaba de un proceso revolucionario, consolidó el poder político y social y logró la inexistencia de polos de oposición.

En este contexto, los dos valores centrales que ayudan a comprender la movilización de la época son la igualdad y la libertad.

 El objetivo de Perón puede sintetizarse en la necesidad de conseguir para toda la sociedad la igualdad sistematizada en cuatro expresiones -según el orden correspondiente que se detalla-: a) igualdad social, b) igualdad económica, c) igualdad de oportunidades y, d) igualdad jurídica-política. Para poder llegar a estos criterios restringió libertades del individuo, reduciendo la capacidad que tenían los ciudadanos de actuar libremente[38].

Libertades públicas tan criticadas durante el gobierno de Perón pero muchas de ellas inexistentes antes y extraviadas con frecuencia después (Sidicaro, 1996).

Es muy importante resaltar que este clima psicológico no alcanzó la violencia represiva de un gobierno de facto o dictatorial, que si lo conseguiría el gobierno que derrocaría a Perón a través de un golpe de estado unos años después.

Por esto el sistema de gobierno de la época se define como democracia autoritaria, no totalitaria ya que la característica distintiva de los movimientos totalitarios, en relación a la sociedad de masas, radica en el esfuerzo por conquistar un control total sobre sus partidarios y la sociedad a partir de tres elementos: a) destrucción de todas las organizaciones de clase, b) supresión de todos los intereses de clase y, c) utilización de la violencia extrema (Kornhauser, 1969).

            Pero luego de la posguerra el reposicionamiento de Estados Unidos en el orden internacional y la influencia en el factor económico de países de la periferia -que acompañó a la profundización de crisis económicas internas de estos países- comenzó a producir un viraje en la situación económico-social.

            Entre 1951 y 1955 la situación de Argentina cambió frente a la realidad de la primera presidencia peronista. En estos cinco años el poder de Perón se fortaleció y debilitó de manera paralela. El panorama interior era distinto: crisis de la producción, decaimiento del comercio exterior, inflación y salarios que acompañaban el alza respectiva, bajas inversiones[39], empresas estatales ineficientes y sector industrial y mercado interno retraídos.

            En este escenario el 11 de noviembre de 1951[40], luego del renunciamiento de Eva Perón a ocupar la candidatura a la vicepresidencia de la Nación[41], nuevamente la fórmula Perón-Quijano del “Partido Peronista” obtuvo el 62,5 %[42] en las elecciones nacionales frente al 31,8 % del binomio Balbín-Frondizi de la “Unión Cívica Radical”.

            Si Juan Domingo Perón representaba al hombre político y estadista, Eva Perón se había constituido en el espíritu revolucionario de la concepción doctrinaria del peronismo ya que fortaleció (desde la mística y la pasión) la dialéctica histórica en la oposición de dos voluntades: pueblo y oligarquía[43]. Esta situación con la postulación del concepto “La Nación en Armas” reflejaba una división de clases que se trasladó en la generación de cuestionamientos sociales[44] y enfrentamientos en el interior de las fuerzas armadas.

            Por otra lado, en la segunda presidencia de Perón, el estado social e interventor o estado céntrico que reguló todas las esferas de la sociedad empezó a tener una apertura al capital extranjero -especialmente Estados Unidos- y a revalorizar la iniciativa privada en todos los sectores de la economía, debido a la paralización del crecimiento económico generado en los primeros años del gobierno.

            Inexplicablemente Perón a través de diversas medidas terminantes[45] entre 1954 y 1955 comenzó a tensionar la relación con la Iglesia Católica hasta marcar una crisis profunda que apuntaba a instaurar la separación entre la Iglesia y el Estado.

            El 25 de abril de 1955 nuestro país firmó un precontrato con la empresa norteamericana Standard Oil Company de California -ésta obtenía atribuciones extraordinarias- en el cual se le otorgaba una zona exclusiva de concesión en la provincia de Santa Cruz para la explotación y extracción de petróleo.

            Estas cuestiones, la ruptura de las relaciones entre la Iglesia y el Estado y las concesiones petroleras constituyeron conjuntamente con las restricciones de libertades los factores que produjeron la crisis del equilibrio de poder construido por Perón. En un contexto en el que todavía tenía un muy fuerte apoyo de la sociedad[46].

            De los cuatro factores fácticos que lo consagraron sólo uno era incondicional, el sindicalismo. Enfrentados a Perón se encontraban la iglesia y las fuerzas armadas, y el sector económico se posicionaba en una actitud vacilante ante la situación de incertidumbre generada.

            Luego de dos intentos de derrocamiento[47] el 16 de septiembre de 1955 el Gral. Eduardo Lonardi encabezó el golpe de estado a través de la denominada “Revolución Libertadora” que provocó la finalización de los diez años del gobierno de Juan Domingo Perón.

            El objetivo del golpe de estado no era restituir libertades individuales como propugnaba la concepción “libertadora” de la revolución sino lograr un proceso de desperonización[48], extinguiendo al peronismo en todas sus manifestaciones, y reestableciendo el equilibrio de poder en el interior de las fuerzas armadas que existía antes de la asunción de Perón al gobierno en 1946.


III. La importancia de la radiodifusión

El Gral. Juan Domingo Perón para asegurar el adoctrinamiento del pueblo, que implicaba la instrucción y difusión de la “Doctrina Nacional”, necesitaba tener el uso extraordinario de la palabra y de la información y la garantía de la difusión correcta, precisando para ello el control de la estructura de propiedad de los medios de prensa gráfica y radiodifusión.

Para Perón, la comunicación, por intermedio de la industria audiovisual (radio, televisión y cine) y la industria gráfica (la prensa), se constituía como una herramienta transformadora de la sociedad, comprendiendo una relación sistémica entre el Estado, los medios de comunicación y el pueblo.

Tres sistemas de comunicación se consagraron en la época[49]: la prensa gráfica, la radio y la televisión. La prensa gráfica y la radio fueron las dos herramientas claves que se tuvieron en cuenta para divulgar las ideas-fuerzas, la acción de gobierno y la “Doctrina Nacional” ya que eran los dos medios de comunicación masivos existentes. La televisión recién apareció oficialmente en 1951 y se constituyó lentamente (en la década del sesenta) en el quinto sistema de comunicación de la historia.

La prensa gráfica y las emisiones radiales se concentraron como una zona de interés vital para los grupos políticos ya que “desde 1943 el gobierno militar en general y el Cnl. Perón en particular habían utilizado abundantemente los diarios y principalmente los programas radiales para justificar sus actividades”[50].

La conformación de la estructura de propiedad de los medios de radiodifusión tuvo una funcionalidad en dos órdenes prioritarios -en esta disposición-: a) política y b) económica. Política, porque era esencial para el gobierno de Perón constituir identidades políticas, sociales y culturales para formar y organizar a la opinión pública, y económica, porque era necesario integrar una élite económica que fuera equilibrista y concordante al sistema político, a través de la normalización jurídica de la estructura de propiedad del sistema de radiodifusión.

En este sentido se establecieron dos políticas autoritarias que afectaron al desarrollo de la comunicación a partir de una muy fuerte intervención estatal.

Por un lado, el gobierno restringió tres libertades básicas del individuo: a) libertad de expresión -y sus dos variantes, libertad de pensamiento y libertad de opinión-, b) libertad de imprenta y c) libertad de prensa. Y por otro lado, el gobierno posibilitó la conformación monopólica del sistema de medios de radiodifusión fundado en un articulado conjunto de normas.

De esta manera aseguró el monopolio político de la información centralizando el poder de la difusión en las figuras de Perón y Eva Perón, en representación del gobierno. Y, asimismo, el gobierno respaldó un proceso de concentración política y económica en la estructura de propiedad de los medios ya que la sanción de la primera ley de radiodifusión Nº 14.241/53 inició la plataforma ideal para lograr unos años después la primera concesión de licencias de tres cadenas de radiodifusión -ya existentes- a licenciatarios que cumplieron con una condición implícita en el otorgamiento: corresponderse a una estructura política estatal/familiar que fuera condicional a Perón.

La capacidad de comunicación del gobierno en relación al pueblo se situó en el liderazgo carismático de Perón ya que no había intermediarios entre él y el pueblo porque la fortaleza radicaba en la emotividad del discurso, que era construida a través del sentimiento y la argumentación. La capacidad argumentativa de Perón puede sintetizarse en la siguiente expresión, dentro de una innumerable cantidad de ejemplos, de uno de los miembros del Arzobispado de Buenos Aires, el sacerdote Juan Sepich, al señalar: “A este hombre se le dan dos ladrillos sueltos y devuelve siempre un palacio ya edificado”[51].

La restricción de libertades se estableció como “la bestia negra del peronismo”, formándose sobre la base de seis medidas contundentes: a) expropiación y limitación del  papel[52] -para regular los principales diarios del país-, b) modificación del Código Penal[53] -para evitar la crítica exhaustiva al gobierno potenciando la figura del desacato hasta alcanzar la pena de tres años de prisión y negarse la prueba de la verdad-, c) declaración del estado de guerra interno[54] y declaración del estado de sitio[55] -para suspender las garantías constitucionales-, d) allanamientos, clausura y expropiaciones de medios de prensa gráfica[56] -para impedir la libre competencia y la pluralidad informativa-, e) adquisición de talleres de imprenta, medios de prensa gráfica y radiodifusión por parte del Gobierno[57] -para centralizar el poder- y, f) creación de la Comisión Bicameral Investigadora de Actividades Antiargentinas”[58] -para controlar el sistema de prensa gráfica-.

Es importante resaltar que existieron profundas carencias de libertades y no ausencias totalitarias de libertades porque no se consolidó la represión violenta del Estado en ningún aspecto y tampoco en función de estos derechos individuales. Además como objetivo general, desde las restricciones de libertades, por oposición, se aseguraba el correcto adoctrinamiento del pueblo por intermedio de la concentración y centralización.

Como señala Mastrini y Becerra (2004) la concentración de la propiedad de los medios reduce la posibilidad de la diversidad de la información porque la diversidad en el contenido de los medios representa un espejo central del pluralismo político y cultural. Así, la concentración en la radiodifusión presentó dos problemas determinantes: a) pluralidad informativa y b) libre competencia de actores económicos.

La diversidad es la garantía del pluralismo y en esta instancia el pluralismo respalda la expresión pública de opciones políticas y si ésta es perjudicada -a partir de restricciones- se coartan las libertades de expresión, imprenta y prensa. Al respecto, este período se destacó por la intencionalidad de desplegar un pluralismo cultural más que político.

Si la concentración estuvo unificada a la centralización podemos sostener, en relación a la experiencia del peronismo y la radiodifusión, que la concentración política condujo a la regulación ideológica.

La radiodifusión entre 1946 y 1955 destacó una concentración geográfica, política y económica. La ciudad de Buenos Aires fue el centro del desarrollo geográfico del sistema de radiodifusión donde sectores políticos próximos al gobierno resultaron adjudicados de las cadenas de radiodifusión conformadas e integradas por actores económicos determinados, consagrando definitivamente en este período un pluralismo formal (no real) y una élite económica y política.


IV.   La organización del Estado en la radiodifusión

Para estructurar la radiodifusión el gobierno de Perón agrupó este principio en dos organismos del Estado: la Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia (anteriormente Subsecretaría de Informaciones y Prensa) y el Ministerio de Comunicaciones (anteriormente Dirección General de Correos y Telecomunicaciones).

Así, la radiodifusión estuvo dividida en dos niveles de responsabilidades y en dos momentos históricos determinados: un primer nivel político-administrativo desde la Secretaría de Prensa y Difusión de la Presidencia (1946-1949), y un segundo nivel técnico, desde el Ministerio de Comunicaciones, que pasó a tener la totalidad de las responsabilidades de los dos niveles señalados a partir de 1949 hasta la finalización del gobierno en 1955.

En 1940 la comunicación tenía gravitación en tres medios: la telegrafía, la prensa gráfica y la radiofonía. La telegrafía, que se había constituido como el primer sistema de comunicación desde 1875[59] tenía dos variantes, alámbrica e inalámbrica, pero su utilización estaba supeditada principalmente al Estado (Ministerio del Interior) quien desarrollaba este sistema (en tierra y ultramar) para resguardar la seguridad interior y defensa exterior, estableciendo comunicaciones de interés nacional.

La prensa gráfica y la radiofonía habían alcanzado un desarrollo muy importante, en relación a su expansión pero de manera diferente. La prensa gráfica se consolidó básicamente sobre una estructura histórica sostenida por grandes medios y acompañada por un conjunto de diarios que cumplían un rol oficial u opositor al régimen de turno (que indicaba la supervivencia en el sistema de medios). Esta situación se percibía en relación a la política, sin embargo, existieron medios periodísticos de género y temáticos (sociales, culturales y económicos) que sobrevivían, más allá de una disputa ideológica, únicamente por intermedio de la publicidad comercial y otros modos de financiamiento.

La radiofonía se estructuraba y desestructuraba a partir de la existencia de permisos precarios que habilitaban a las radios para funcionar temporalmente, hasta tanto existiera una ley que regulara al sistema en su conjunto, actualizando los adelantos políticos, sociales y técnicos a la normativa vigente, que era el Reglamento de Radiocomunicaciones sancionado en 1933.

Por ello el Estado en la década del cuarenta empezó a acompañar el crecimiento de la prensa gráfica y la radiofonía desde el Estado mismo, sólo desde lo orgánico, para contener el ascendente progreso estructural del sistema. Creando nuevas estructuras de gobierno que tuvieran la exclusividad de las funciones y competencias en estas actividades, dando respuesta a una realidad que avanzaba en materia de informaciones y comunicaciones.

El Gral. Pedro Pablo Ramírez el 21 de octubre de 1943[60] creó la Subsecretaría de Informaciones y Prensa, dependiente de la Secretaría de la Presidencia de la Nación. Este organismo estaba integrado por ocho áreas: a) Dirección General de Subsecretaría (Archivo Gráfico de la Nación, Imprenta, Boletín Oficial y División de Abastecimiento de Papel), b) Dirección General de Prensa, c) Dirección General de Propaganda, d) Dirección General de Espectáculos Públicos (Cine y Teatro), e) Dirección General de Radiodifusión (Control, Fomento y Cultura y Radiodifusoras del Estado), f) Secretaría Privada, g) Asesoría Letrada y, h) Despacho Confidencial.

La Dirección General de Radiodifusión tenía cinco funciones[61]: a) el fomento cultural de las transmisiones radiofónicas y el control de las mismas, b) la reglamentación de la transmisión de noticias y opiniones, c) la reglamentación de la publicidad, d) la determinación de las normas y programas para el Instituto Nacional de Locutores y, e) los registros de las radiodifusoras, el personal técnico y artístico. Este organismo se encargaba del control de la radiodifusión, en todos sus aspectos, y la Dirección General de Correos y Telecomunicaciones tenía a su cargo las disposiciones técnicas del servicio de radiodifusión.

Luego de la salida del Gral. Ramírez del gobierno de facto se produjeron algunas modificaciones de interés en el aspecto normativo en la presidencia del Gral. Farrell que fueron señales de la forma definitiva que adquiriría el área de prensa y radiodifusión en el gobierno de Perón.

El 5 de mayo de 1944 el Gral. Farrell firmó el Decreto Nº 10.995 denominando al organismo “Subsecretaría de Informaciones, Prensa y Propaganda”, dependiendo en adelante del Ministerio del Interior y manteniendo el control de los servicios de radiodifusión del país.

Luego de haber transcurrido nueve días de la asunción del gobierno, Perón, el 13 de junio de 1946 creó a través del Decreto Nº 337 la “Coordinación de Informaciones de la Presidencia de la Nación” con la finalidad de centralizar y coordinar la función informativa en la conducción de los asuntos del Estado, a partir de un conocimiento integral y preciso de las actividades que desarrollaban los diversos organismos.

Todas las misiones y funciones que se iniciaron con el Gral. Ramírez fueron mantenidas en el organismo fundamental en materia de prensa y radiodifusión, que en la primera presidencia de Perón se denominó “Subsecretaría de Informaciones”. Y a ésta se le compartió las funciones de centralización de la difusión de la obra de gobierno, con la todavía existente “Coordinación de Informaciones de la Presidencia de la Nación”.

En 1949 apareció por primera vez en la historia en una ley citada la palabra “televisión”, donde se referenció a este concepto con su organismo competente desde la faz técnica. En este año la ley Nº 13.529, Orgánica de Ministerios, estableció los distintos niveles del gobierno señalando misiones y funciones y en ellas al Ministerio de Comunicaciones le fue asignado la integridad de las competencias (políticas, administrativas y técnicas) del servicio de radiodifusión y televisión.

En una nueva reforma del Estado llevada a cabo en 1954, iniciada por una modificación de la Ley Orgánica de Ministerios[62], Perón elevó el rango del área de informaciones del gobierno, nombrándola “Secretaría de Prensa y Difusión” desde el 7 de julio de ese año luego de la firma del Decreto Nº 11.183, dependiendo de ahora en más de la Presidencia de la Nación. Teniendo este organismo como misión informar al país acerca de las actividades oficiales del Poder Ejecutivo y asegurar la difusión de la “Doctrina Nacional”, de los planes de gobierno y de sus realizaciones.

La reglamentación de la Ley Orgánica de Ministerios mencionada, a través del Decreto Nº 13.378/54, permitió consolidar normativamente el altísimo crecimiento político que alcanzó la Secretaría de Prensa y Difusión.

En este Decreto se establecieron las siguientes funciones para este organismo, entre las más importantes: a) conducir, coordinar y supervisar todas las actividades de prensa y difusión que realizan los organismos oficiales, b) proyectar, preparar, proponer y distribuir el material destinado a difundir el conocimiento y comprensión de la “Doctrina Nacional”, los planes de gobierno y su realización, c) promover en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto el intercambio de informaciones para el mejor conocimiento recíproco de los pueblos y naciones vinculados con el país, d) promover en coordinación con el Ministerio de Transportes el conocimiento del país a fin de fomentar el turismo interno e internacional, e) intervenir en todo lo relativo al desarrollo de las actividades de prensa y difusión, periodismo, cinematografía, teatro, radiofonía y televisión y, f) registrar y archivar la documentación oficial de la Nación y todo lo que se relacione con la “Doctrina Nacional”, los planes de gobierno, declaraciones, conferencias, mensajes, discursos oficiales, tratados, leyes, decretos y resoluciones.

Estas funciones se realizaron sobre una organización básica desde una estructura superior a partir de la figura de un Secretario General que dependía del Secretario de Prensa y Difusión y de una estructura inferior caracterizada por la figura de organismos subordinados. Que eran específicos a partir de cinco Direcciones Generales: a) Prensa: Informaciones Oficiales, Registro de Prensa, de Periodistas y Circulación de Publicaciones, b) Difusión: “Doctrina Nacional”, Planes de Gobierno, Difusión Interna, Intercambio Internacional,  Difusión del Turismo, Registro Nacional, Boletín Oficial y Archivo Gráfico de la Nación, c) Espectáculos Públicos: Teatro, Cinematografía, Radiofonía y Televisión, d) Publicidad y, e) Editorial e Imprenta.

En este escenario, el 8 de setiembre de 1954, quedó confirmada en el marco normativo[63] (ejercida de hecho desde 1949) la responsabilidad política, administrativa y técnica del servicio de radiodifusión y televisión en el Ministerio de Comunicaciones ya que estas temáticas fueron designadas como objetivos específicos de este Ministerio.
           

V. La primera presidencia de Perón: El sistema de medios

            El Gral. Ramírez luego de haber asumido el gobierno en junio de 1943 dispuso[64] el estudio de los antecedentes de los permisos precarios otorgados hasta ese entonces para la explotación del servicio de radiodifusión, estableciendo en este entorno dos pautas claves: la ratificación o rectificación de los permisionarios y la prohibición de realizar transferencias a otras personas o entidades.

            Las diferencias internas del gobierno de facto hicieron que esta cuestión no se profundizara y que en el orden político se produjera el recambio de gobierno. El Gral. Farrell, con una decisión similar al anterior mandatario, cuando asumió la presidencia encargó a la Subsecretaría de Informaciones, Prensa y Propaganda el control de los servicios de radiodifusión del país y la designación en setiembre de 1944 de una Comisión para revisar todos los permisos, licencias y concesiones acordadas para explotar el servicio de radiodifusión.

            En un contexto de disolución de los partidos políticos, del Congreso Nacional y de restricción de libertades que imponía la naturaleza del sistema político, el gobierno del Gral. Farrell (bajo la influencia de Perón, que ocupaba el cargo de Secretario de Trabajo y Previsión Social) instituyó dos normas esenciales para la época: el Estatuto Profesional del Periodista[65] y el Estatuto del Peón[66]. Esta normativa estaba destinada a atenuar las carencias y desigualdades que venían sufriendo los trabajadores del periodismo y del sector rural.   

            Trabajadores rurales que estaban constituidos como una población pauperizada que se desenvolvía en el límite más bajo, rasante con la deshumanización, producto de la irresponsabilidad de anteriores gobiernos, entidades rurales y patrones del campo.

            Partiendo del Estatuto del Periodista el gobierno determinó tres categorías para los empleadores del periodismo diseñando en grandes rasgos el mapa de la prensa gráfica de la época. En la primera categoría se encontraban los grandes diarios, revistas, agencias de noticias y editoriales: “La Prensa”, “La Nación”, “Crítica”, “La Razón”, “El Cronista Comercial”, “El Avisador Mercantil”, “Buenos Aires Herald”, “The Standart”, “United Press”, “Prensa Unida”, “Asociated Press”, “Prensa Asociada”, “Reuter”, “Empresa Editorial Haynes Ltda.”, “Editorial Atlántida” y “Editorial Sopena Argentina”. En la segunda categoría se destacaban: “Noticias Gráficas”, “El Diario”, “El Nacional”, “Cabildo”, “El Federal”, “Editorial Estampa”, “Agencia Andi”, “Agencia Saporiti”, “Cascabel”, “Editorial Lainez”, “Ahora”, “Vosotras”, “Radiolandia” y “Antena”. Y en la tercera categoría se consideraban a todas aquellas publicaciones que no habían sido mencionadas.

            En relación a la radiodifusión en este gobierno se estableció el primer antecedente en la historia de la televisión argentina que intentó desarrollar el sistema de radiodifusión a partir de una iniciativa privada con el apoyo del Estado. Precisamente aquí el Estado empezó a clasificar a la radiodifusión como sonora (radio) y visual (televisión).

            Con la intención de poseer el primer servicio normal de televisión de América del Sur y que a la vez se constituyera como punto de partida para unificar los sistemas de transmisión y los tipos de receptores con Estados Unidos, el Gral. Farrell otorgó al Sr. Martín Tow una licencia por el término de cinco años de duración para la instalación y funcionamiento de una estación experimental de televisión en la Capital Federal. Oportunamente la autoridad de aplicación y contralor, la Subsecretaría de Informaciones, determinaría la fecha a partir de la cual podría iniciarse la explotación comercial.

            El Decreto Nº 12.909 firmado el 12 de junio de 1945 acordó la licencia al Sr. Tow bajo las siguientes condiciones: a) la estación de televisión deberá iniciar sus transmisiones regulares en el plazo de un año de la fecha de la terminación de la Segunda Guerra Mundial (el decreto dice “de la guerra actual”), b) la Subsecretaría de Informaciones con el asesoramiento técnico de la Dirección de Correos y Telecomunicaciones asignará el anuncio y señal distintiva, concederá los cambios de frecuencias de trabajo y aprobará la programación diaria y semanal, el lugar de emplazamiento de la emisora y habilitará el servicio de los equipos, accesorios y unidades móviles (las autorizaciones se concederán por analogía por las utilizadas por la radiodifusión sonora y usando las normas, procedimientos y reglamentaciones que rigen para éstas) y, c) las transmisiones, aún en el período experimental, se caracterizarán por su orientación cultural y comprenderán como mínimo quince horas semanales de trabajo experimental. Por su parte, el permisionario estaba obligado a las siguientes prestaciones a favor del Estado: a) cuando se inicie el funcionamiento de la estación suministrar gratuitamente cincuenta y cinco receptores de televisión, b) ceder gratuitamente a la Subsecretaría de Informaciones un Instituto de Investigaciones Técnico-Radioeléctrica -para participar de las investigaciones y formar técnicos- y, c) destinar hasta un décimo de los programas para televisar sin cargo los actos, ceremonias y espectáculos que considere de interés público y que indique la Subsecretaría de Informaciones.

            La experimentación autorizada por este decreto, controlada por la Subsecretaría de Informaciones y aplicando la reglamentación vigente (Reglamento de Radiocomunicaciones[67]), permitiría preparar el primer Reglamento General del Servicio de Televisión.

            Un año después y sin haber alcanzado resultados exitosos el proyecto del Sr. Tow quedó paralizada la idea de seguir a Estados Unidos en el camino evolutivo del progreso de la televisión.

El Gral. Farrell -veinte días antes de traspasar el mando a Perón- aprobó el 14 de mayo de 1946 mediante el Decreto Nº 13.474 el Manual de Instrucciones para las Estaciones de Radiodifusión[68].
            Como hemos mencionado hasta ese entonces la ley que regulaba a la radiodifusión era el Reglamento de Radiocomunicaciones de 1933 (capítulo V “servicio de radiodifusión” y capítulo VI “estaciones experimentales privadas”), y el Manual de Instrucciones para las Estaciones de Radiodifusión pretendía consagrarse como la reglamentación orgánica de las transmisiones radiofónicas. De esta forma, se constituía como una compilación metódica y actualizada de las disposiciones vigentes sobre la ejecución de los servicios de radiodifusión suministrando una guía general para la orientación cultural, ética y estética de los programas.
            Esta norma se caracterizó por la censura previa y las profundas restricciones acerca de la libertad de expresión en materia de contenidos.
            El Manual de Instrucciones para las Estaciones de Radiodifusión, que venía a cubrir un vacío normativo desde 1933, estaba integrado por 307 artículos y contemplaba los intereses del Estado, el público y los broadcasters, según se desprendía de la Asociación de Radiodifusoras Argentinas que reclamaron a la Subsecretaría de Informaciones, por intermedio de la Dirección General de Radiodifusión, la sanción de la norma.
            Este reglamento estaba dividido en cuatro partes: a) del servicio de radiodifusión y sus programas (art. 1º al 287), b) prescripciones radiotécnicas varias (art. 288 al 295), c) contralor (art. 296 al 302) y, d) penalidades (art. 303 al 307).
            El núcleo de esta normativa se destacaba en la primera parte de este reglamento “Del Servicio de Radiodifusión y sus Programas” donde se concentraba claramente la totalidad de los artículos como un manual de contenidos censurables y dictaminantes de radiodifusión. Y del cumplimiento o no de estos artículos se desprendía el resto de la norma, ya sea las prescripciones técnicas, el organismo de control y las penalidades para aquellos que no cumplieran con lo estipulado.
            La parte primera comprendía cinco capítulos: a) generalidades, b) contenido oral, c) revisión previa del contenido oral de los programas, d) contenido musical y, e) normas y procedimientos ejecutivos  de carácter general.
            En este contexto el servicio de radiodifusión tenía por objeto la transmisión de programas culturales, educativos, artísticos, informativos y de entretenimiento, destinados al público en general. Los programas diarios debían ajustarse a la siguiente proporción cuantitativa: 35 a 40 % de contenido oral y 60 a 65 % de contenido musical.
            El contenido oral entendía cinco géneros radiofónicos: a) obras de imaginación: radioteatro y especies afines, otras especies imaginativas y canciones y letras cantables, b) oratoria: general y política, c) noticiosos e informativos, d) miscelánea: comentarios de interés general o particular, audiciones de preguntas y respuestas y transmisiones deportivas y, e) publicidad.
            En relación al radioteatro se prohibía la creación de personajes de ficción que pudieran incluirse en el cuadro de la delincuencia en general o que se relacione con la explotación de problemas mentales o de vicios repudiables -según señala el decreto-, como el alcoholismo, la toxicomanía y la prostitución. En la oratoria no se permitía ninguna expresión antiargentina, implícita o explícita, que atente contra el estilo de vida del pueblo (idiosincracia, tradiciones e instituciones políticas, sociales y culturales).
            La programación de noticiosos e informativos imponía la responsabilidad de las emisoras de las noticias e informaciones que transmitían, las cuales debían ser confirmadas por las fuentes de origen antes de su puesta en el aire. Asimismo, las emisoras tenían que evitar tomar una posición tendenciosa o de campaña interesada absteniéndose de comentar, enfatizar, criticar y juzgar parcialmente una información o noticia. Las transmisiones deportivas tenían prohibido todo relato, información o comentario sobre carreras de caballos.
            La publicidad, de acuerdo a la finalidad, se clasificaba en comercial y no comercial diferenciándose en la intencionalidad lucrativa. En este apartado se prohibía la transmisión de textos o anuncios publicitarios cantados, acompañados o no de partituras musicales y en ningún caso podía utilizarse como características comerciales, melodías de piezas clásicas consagradas, ya sea marchas militares, himnos nacionales o canciones patrióticas.
            Todo el contenido oral de la programación tenía que ser seleccionado, revisado y fiscalizado por la Dirección General de Radiodifusión, antes de su irradiación, con el objeto de asegurar el estricto cumplimiento de las normas establecidas por el reglamento. En el caso de las obras de imaginación los textos presentados por las emisoras para su autorización podían tener como respuesta las siguientes alternativas: autorizado, autorizado con correcciones, autorizado con cortes y autorizado con cortes y correcciones. Este régimen de fiscalización exceptuaba a: informativos y noticiosos, transmisiones de espectáculos deportivos, noticias cinematográficas y teatrales, textos educativos, textos de publicidad comercial (excepto los de productos medicinales y de clubes, confiterías y hoteles) y libretos de óperas.
            El contenido musical se encuadraba en tres categorías básicas: música clásica, música ligera (zarzuelas, comedias musicales y bailes regionales) y música popular (música folklórica, música nativa y variedades musicales menores, en todos los casos nacionales y extranjeras). Del 65 % del contenido musical las emisoras debían incluir en sus programas diarios las siguientes proporciones: entre un 10 y un 15 % de música clásica, entre un 20 y un 25 % de música ligera y el saldo resultante tenía que ser dedicado a la música popular.
            La ejecución musical de los programas podía ser dos tipos: a) viva y b) grabada. La música viva se refería a toda versión directa que los solistas, conjuntos o coros ejecutaban delante del micrófono de las emisoras. Y la música grabada, comprendía a la versión indirecta musical -oral o mixta- en base a reproducciones mecánicas de cualquier forma (discos, películas sonorizadas, entre otras). En este aspecto, el contenido musical de los programas sólo podía insumir hasta un 30 % de reproducciones mecánicas con el condicionamiento que las grabaciones sean de la mejor calidad y fidelidad existente.
            La Dirección General de Radiodifusión habilitaba y registraba a todos los recursos humanos que integraban el sistema de radiodifusión: artistas musicales, directores artísticos, peritos en radiodifusión y autores de radioteatro. Asimismo, este organismo poseía las funciones de contralor estableciendo penalidades en un orden creciente: observación, llamados de atención, apercibimiento, severo apercibimiento, suspensión y caducidad de la licencia.
            El gobierno de Perón, durante la primera presidencia (1946-1952), en materia de comunicación tuvo una muy destacable influencia sobre el cine, la prensa gráfica y la radiodifusión sonora y visual. Formando en esta instancia la política de comunicación del gobierno, probablemente la primera de la historia de nuestro país.
La cinematografía se vió beneficiada por la puesta en marcha de tres medidas significativas: a) obligatoriedad de la exhibición de películas argentinas en los cinematógrafos de todo el país[69], b) reglamentación de la ley de protección a la industria cinematográfica[70] y, c) protección a la industria cinematográfica[71]. Unos años después, en 1954, se realizó el Primer Festival Internacional de Cine, desarrollado en la ciudad de Mar del Plata.
La prensa gráfica se favoreció con la ratificación con fuerza de ley del Estatuto del Periodista Profesional, declarada por el Honorable Congreso de la Nación en 1946 a través de la sanción de la Ley Nº 12.908.
            El sistema de radiodifusión en 1946 se había construido históricamente a partir del otorgamiento de permisos precarios a personas físicas y jurídicas y extendiéndose en todo el país desde el concepto de la retransmisión. En estos términos existían las siguientes modalidades de estaciones de radio: a) estaciones de origen o “cabeceras”, b) estaciones corresponsales o “retransmisoras” y c) el conjunto de emisoras o “red de emisoras”.
            Teniendo en cuenta que el origen y el desarrollo de la radiodifusión sonora se produjo a partir de la iniciativa privada y se financió mayoritariamente desde la publicidad comercial, el Estado ocupó un rol de características complementarias resguardando el lugar de contralor, no de administrador, y poniendo atención en el carácter contenidista de las informaciones y comunicaciones que se establecían, intentando asegurar una programación cultural y educativa. Así, nuestro país consolidó un modelo de radiodifusión sonora “populista” bajo la influencia del modelo comercial norteamericano.
            Graham Murdock (1983) clasifica a la radiofonía según la relación existente entre la forma de financiamiento y el modelo cultural, destacando que el sector dirigido por el mercado se corresponde con un modelo cultural “populista” y el sector dirigido por el Estado se refiere a un modelo cultural “paternalista”. 
            Perón encomendó a dos hombres de extrema confianza la dirección de las dos instituciones cruciales en materia de radiodifusión. Con la proposición y el respaldó político de Eva Perón para los dos cargos, por un lado designó a Raúl Alejandro Apold[72], conocido como “el zar del cine y la propaganda” en la Subsecretaría de Informaciones y Prensa de la Presidencia de la Nación y por otro lado, nombró a Oscar Nicolini al mando del Ministerio de Comunicaciones.
            La importancia de la Subsecretaría de Informaciones y Prensa en el gobierno de Perón fue tan extraordinaria que sólo puede medirse su magnitud, en relación a los impactos producidos, con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. A tal punto que puede sostenerse que “mientras la Secretaría de Trabajo y Previsión Social va a servir para hacer las obras, la Subsecretaría de Informaciones y Prensa va a servir para difundir esas obras”[73]
            La ausencia total de un marco normativo que regularizara realmente la estructura de propiedad de los medios posibilitó la transferencia, compra y venta de licencias entre personas físicas y jurídicas (que no estaba permitido) y la conformación de redes dirigidas por una estación “cabecera”  e integradas por estaciones “retransmisoras”.
En este escenario, la primera presidencia de Perón se destacó por cuatro sucesos trascendentales donde el gobierno, por intermedio de allegados, compró y logró el control de la mayoría de los medios de prensa gráfica y de radiodifusión sonora: a) adquisición de la editorial “Democracia S.A.” (posteriormente cambió su nombre por el de “Alea[74] S.A”), b) adquisición de “LR 3 Radio Belgrano y la Primera Cadena Argentina de Broadcasting S.A.”, c) adquisición de la empresa editorial “Haynes Ltda.” y, d) adquisición de la empresa editorial “La Razón S.A.”.
En el proceso electoral, en febrero de 1946, Perón sólo tenía el apoyo de diarios de menor tiraje, en relación a los periódicos de primera categoría, como lo fueron principalmente los diarios “Democracia” (matutino), “La Época” (vespertino), y en menor medida “Tribuna” (vespertino) y “El Laborista” (verspertino).
            Luego del triunfo electoral, el gobierno compró en noviembre de 1946 desde la persona del My. Vicente Carlos Aloé[75] (quien fuera Secretario Administrativo de la Presidencia de la Nación y Gobernador de la Provincia de Buenos Aires) y por indicación de Eva Perón a Antonio Manuel Molinari, Mauricio Birabent y Fernando Estrada la editorial “Democracia S.A.”, que editaba los diarios “Democracia” y “Rosario”. Esta primera obtención en el mercado de medios apuntaba a constituir al diario “Democracia” como el órgano de difusión de la “Doctrina Nacional”, para empezar a formar a la opinión pública en el proceso revolucionario que había instaurado esta nueva forma de poder, el peronismo.
            A la obtención de “Democracia” le siguió la del diario “La Época”, transacción comercial realizada por el mismo grupo a Eduardo Colom[76].
            Un año después la editorial “Democracia S.A.” dejó de existir bajo esta denominación jurídica y se incorporó en el consorcio editorial que el gobierno denominó “Alea S.A.”, también dirigido por el My. Aloé.
            Lo que parecía ser sólo una compra de una editorial -frente al antecedente del contexto mediático totalmente adverso que había tenido Perón entre 1943 y 1946- empezó a consolidarse como parte de una política de gobierno para construir un monopolio en la estructura de medios de prensa gráfica y radiodifusión, con la finalidad -como ya hemos afirmado- de centralizar y concentrar el poder político y económico.
El 5 de junio de 1946 “LR3 Radio Belgrano” fue suspendida y luego intervenida su programación por el término de un mes debido a la difusión de fuertes críticas a la gestión del gobierno. Un año después, en agosto de 1947, ante diversas irregularidades jurídicas en relación a la legitimidad de la concesión, el titular de la licencia el Sr. Jaime Yankelevich ofreció la venta al Estado, a través del Ministerio de Comunicaciones, de “LR 3 Radio Belgrano y la Primera Cadena Argentina de Broadcasting S.A.”.
En octubre de 1947 el gobierno a través del Instituto Argentino de Promoción del Intercambio (IAPI) adquirió, por intermedio de un crédito del Banco Nación y fundó en razones de defensa nacional, al Sr. Jaime Yankelevich, la red “LR 3 Radio Belgrano y la Primera Cadena Argentina de Broadcasting S.A.”.
            Paradójicamente, luego de la compra de esta cadena de radios, para realizar la prestación del servicio el gobierno decidió otorgar esta misión a “Radio Belgrano S.A.” cuyo Dirección General se depositó en el Sr. Yankelevich y el directorio estuvo integrado por familiares del Ministro de Comunicaciones, Oscar Nicolini.
            Por otra parte, en noviembre de 1948 el ex-Presidente del Banco de Crédito Industrial, Orlando Maroglio, adquirió el 51 % de las acciones de la editorial Haynes Ltda.. En ese entonces era la editorial más importante del país conjuntamente con la editorial Atlántida, que dirigía Constancio Vigil y publicaba las revistas que competían con las de la editorial Haynes Ltda. como: “El Gráfico”, “Billiken”, “Para Ti” y “La Chacra”.
            Ese mes asumió la presidencia de la editorial el Sr. Miguel Miranda (quien fuera Presidente del Consejo Económico Social) y la vicepresidencia recayó en el My. Aloé. Luego del fallecimiento de Miranda en 1954 el My. Aloé asumió la presidencia y la administración de la empresa editorial.
            La editorial Haynes Ltda. editaba el diario “El Mundo” y las revistas “Mundo Agrario”, “Mundo Radial”, “Mundo Infantil”, “Mundo Atómico”, “Mundo Argentino”, “Mundo Deportivo”, “Mundo Peronista”, “Caras y Carteas”, “PBT”, “El Hogar” y “Selecta”. Más tarde se incorporaron a esta cadena los diarios “Crítica”, “La Época”, “Noticias Gráficas”, “El Día” (La Plata), “La Mañana” (Mar del Plata), “La Libertad” (Mendoza), “El Meridiano” (Córdoba), “Nueva Provincia” (Bahía Blanca), “El Argentino” (La Plata), “El Plata” (La Plata), “El Atlántico” (Mar del Plata) y las agencias de noticias “Saporiti” y “Agencia Latina de Noticias”.
            En materia de radiodifusión sonora, la Editorial Haynes Ltda. estaba compuesta por las siguientes emisoras radiales integradas en la Red Azul y Blanca:  “LR1 Radio El Mundo”, “LS 10 Radio Libertad”, “LR6 Radio Mitre”, “LR9 Radio Antártida”, “LT 3 Rosario”, “LT 9 Santa Fe”, “LU 7 Bahía Blanca”, “LV 3 Córdoba”, “LU 6 Mar del Plata”, “LT5 Resistencia”, “LV 8 Mendoza”, “LV 7 Tucumán”, “LV 5 San Juan”, “LS 11 La Plata”, “LU 4 Comodoro Rivadavia”, “LT 15 Concordia”, “LW 7 Catamarca”, “LW 13 San Luis” y “LW 8 Jujuy”.
            En 1951, similar situación a la vivida con “LR 3 Radio Belgrano y la Primera Cadena Argentina de Broadcasting S.A” ocurriría con la editorial “La Razón S.A.” porque Miguel Miranda compró el diario “La Razón” a Ricardo Peralta Ramos y luego delegó en el mismo Peralta Ramos la conducción de la publicación. Sociedad Anónima que no sólo comprendía el diario “La Razón” sino que estaba integrada por la cadena Red Argentina de Emisoras Splendid (RADES).
            RADES estaba compuesta por las siguientes emisoras radiales: “LR4 Radio Splendid”, “LT2 Rosario”, “LT 4 Posadas”, “LT6 Goya”, “LT 11 Concepción del Uruguay”, “LT 16 Presidencia Roque Saénz Peña”, “LU 6 Bahía Blanca”, “LU 5 Neuquén”, “LU 8 San Carlos de Bariloche”, “LU 12 Río Gallegos”, “LU 13 Necochea”, “LV 4 San Rafael”, “LV 6 Mendoza”, “LV 15 Villa Mercedes”, “LW 1 Córdoba” y “LW Tucumán”.
            Posteriormente la empresa “S.A La Razón”, concesionaria de la cadena RADES pasó a integrar la empresa editorial “Haynes Ltda.”, concesionaria de LR 3 Radio Belgrando y la Primera Cadena Argentina de Broadcasting..
            En febrero de 1951 frente a un nuevo proceso electoral en el que Perón se postulaba para la reelección presidencial el escenario del gobierno en materia de medios de comunicación era distinto al de 1946 ya que “las posibilidades de la prensa partidaria para enfrentar la lucha preelectoral eran vastas y se podían obtener resultados óptimos por tres razones: a) superioridad numérica, b) mayor tirada y mayor circulación y c) preferencia en el suministro de papel a cargo del Estado”[77].
            En este desarrollo verificamos el mapa de medios controlado por el Estado de manera indirecta desde la relación medios de comunicación y propietario: a) “LR3 Radio Belgrano”-Jaime Yankelevich/Oscar Nicolini, b) “Editorial Haynes Ltda.”/“Red Azul y Blanca”-Oscar Maroglio/Miguel Miranda/Vicente Carlos Aloé, c) “Editorial La Razón S.A.”/“Red Argentina de Emisoras Splendid (RADES)”-Ricardo Peralta Ramos/Vicente Carlos Aloé y, d) “Editorial Alea S.A.”-Vicente Carlos Aloé. Este control indirecto fue complementado por el control directo del gobierno ejercido desde “LRA Radio del Estado”.
De esta forma el gobierno consolidó un poder excepcional en materia de difusión y de estructura de propiedad de los medios.
            Este panorama que demostraba la quasi totalidad de los medios de prensa gráfica y radiodifusión a favor del gobierno era antagónica a la situación que la estructura de propiedad de los medios reflejaba en 1946 durante el proceso electoral. En ese año electoral, de asunción del gobierno y en los primeros meses de gestión, toda la prensa gráfica y y la mayoría de la radiodifusión estaba enfrentada a Perón.
            Posicionamiento y competencia ideológica de oposición que asumieron principalmente los siete diarios de la época: “La Prensa”, “La Nación”, “Clarín”, “El Mundo” (matutinos) y “La Razón”, “Crítica”, “Noticias Gráficas” (vespertinos).
En 1946 la ética periodística estuvo sostenida por la manipulación y la distorsión informativa que intentaba construir una realidad determinada formando a la opinión pública de manera condenatoria con respecto a Perón. Es decir, que los medios citados se constituyeron como órganos de interés y difusión de los actores que no querían a Perón en el poder. Al respecto, Félix Luna señala “un cálculo del centimetraje dedicado por La Nación y La Prensa a la información política en los dos últimos meses de la campaña electoral arroja menos de un diez por ciento dedicado a anoticiar sobre las actividades del frente pernonista y más del noventa por ciento a la Unión Democrática. Actos peronistas cuya magnitud los convertía, de hecho, en noticia muy relevantes son despachados en diez líneas y los discursos de Perón se sintetizan en un par de frases y cuando hay información destacada sobre el peronismo es para señalar un escándalo, una deserción o la asociación de Perón como dictador o tirano”[78].
            Pero si algo le faltaba al gobierno para tener el absoluto control de la información era el dominio de la televisión, tarea que por decisión directa de Perón, fue encomendada a Jaime Yankelevich (Director de LR 3 Radio Belgrano) quien luego de realizar una serie de viajes trasladó desde Estados Unidos a nuestro país la tecnología, la antena transmisora y los aparatos receptores de televisión. 
Teniendo en cuenta que Yankelevich trajo al país aproximadamente 2500 televisores[79] (Standart Electric y Capehart) se puede sostener que en 1951 la televisión era un medio de comunicación selectivo en relación a la escasa cantidad de receptores existentes sobre la población total del país. Porque según el Censo de Población de 1947 nuestro país tenía en esos años 15.897.000 habitantes, correspondiendo así un receptor de televisión por cada 65.000 habitantes mientras que en la radiodifusión sonora la situación era muy diferente ya que existía un receptor de radio por cada 6 habitantes.
Desde el canal 7 de Buenos Aires (dependiente de LR3 Radio Belgrano) la televisión comenzó oficialmente sus emisiones el 17 de octubre de 1951 con la transmisión de un acto político, el “Día de la Lealtad”, realizado en la Plaza de Mayo. El Gerente General de “LR3 Radio Belgrano”, Jaime Yankelevich condujo la instalación de dos cámaras en el segundo piso del Banco de la Nación Argentina, una de ellas orientada hacia la Casa de Gobierno y la otra hacia la Pirámide de Mayo.
            El Director de Cámaras de esa transmisión fue Enrique Susini (precursor de la radiodifusión sonora), convirtiéndose luego en el primer Director Artístico de la emisora. Todo el equipamiento traído de Estados Unidos y la antena transmisora de cincuenta metros de altura fue instalada en el edificio del ex-Ministerio de Obras Públicas al que hubo que construirle un estudio de televisión.
            Desde sus inicios la televisión se dedicó a transmitir dos tipos de programaciones bajo la modalidad “de exteriores”: políticas y deportivas. Fueron célebres las imágenes mostradas del sepelio de María Eva Duarte de Perón y las transmisiones que desde el Honorable Congreso de la Nación efectuaban de las sesiones parlamantarias hasta el año 1955. Otro de los eventos más interesantes que se hicieron desde exteriores fue la transmisión del primer partido de fútbol en noviembre de 1951 y el Gran Premio Automovilístico en 1952.
 Si la radiodifusión sonora se inició a partir de la iniciativa privada (el mercado) la radiodifusión visual, desde el gobierno de Perón, lo haría a partir de la iniciativa pública (el Estado). Y el desarrollo histórico de estos medios también presentaría distinciones, mientras que la radiodifusión sonora fue pionera en el mundo la radiodifusión visual se inició con retrasos no sólo en referencia a Estados Unidos e Inglaterra que desarrollaron la tecnología en la década del cuarenta sino en América Latina donde México, Cuba y Brasil hicieron lo propio en 1950.


VI. La segunda presidencia de Perón: La primera ley de radiodifusión


            En el marco de un formidable sistema de medios alcanzado en la primera presidencia , el gobierno logró que el Honorable Congreso de la Nación el 30 de enero de 1953 sancionara la ley Nº 14.184 y aprobara los objetivos fundamentales del Segundo Plan Quinquenal: “consolidar la independencia económica para asegurar la justicia social y mantener la soberanía política”. Esta planificación nacional (sostenida en 30 capítulos) que abarcaba el período 1953-1957 integraba todos los planes provinciales del país para alcanzar el desarrollo conjunto de la nación.
            El capítulo 26 de esta norma se refería al área “Comunicaciones” que tenía tres niveles de misiones determinados que afectabana a la radiodifusión sonora y a la radiodifusión visual: a) objetivos fundamentales, b) objetivos generales y c) objetivos específicos.
Como objetivo fundamental resaltaba que era necesario disponer de un sistema orgánico y racional de comunicaciones que posibilite su adecuada vinculación interna y con el exterior y que asegure: a) la elevación del nivel cultural de la población, b) la promoción y el desarrollo económico y, c) su adaptación a las necesidades de la seguridad interna y de la defensa nacional.
De los 12 objetivos específicos que comprendía el capítulo presentan nuestro interés seis de ellos: a) función social de las comunicaciones: la extensión y el mejoramiento de los servicios de comunicaciones estarían primordialmente destinados a consolidar la unidad social del pueblo y mejorar su nivel cultural, b) planificación de los servicios de comunicaciones: se integraría a los servicios de comunicaciones como una unidad funcional que facilitaría su utilización integral previendo las futuras exigencias del país mediante la incorporación de todos los adelantos de la técnica, c) conducción de los servicios de comunicaciones: se realizaría por la nación en orden al cumplimiento de la prescripción del artículo Nº 40 de la Constitución Nacional[80] y, d) legislación: la normativa vigente en materia de comunicaciones debía ser actualizada y complementada en concordancia con el progreso técnico y con la nueva situación del país en esta esfera, determinada por la nacionalización de los servicios públicos de comunicaciones.
Entre los objetivos específicos, la radiodifusión y la televisión aparecen desarrollados puntualmente como dos temáticas del gobierno. Destacándose que el servicio nacional de radiodifusión sería conducido por el Estado y extendido a toda la nación como expresión de la soberanía del país, en orden a la seguridad y defensa nacional y para elevar la cultura general de la población mediante: a) la extensión adecuada de la red oficial de radiodifusión, b) la instalación de radiodifusoras privadas que autorice con asistencia técnica y crediticia el Estado y, c) la orientación adecuada de las transmisiones internacionales especiales del organismo estatal específico, a fin de hacer conocer la vida y cultura del pueblo argentino, sus realizaciones como aporte a la cultura universal y su “Doctrina Nacional”.
La televisión se presentó como otro objetivo de esta categoría señalando que el servicio de televisión sería auspiciado por el Estado a fin de que goce del mismo el mayor número posile de habitantes del país y en las mejores condiciones técnicas. La legislación pertinente habría de prever los inconvenientes que pudiera acarrear el cumplimiento de este objetivo a ciertos medios de expresión culttural (teatro, cinematografía y deportes, fundamentalmente).
En relación a los objetivos especiales del Servicio Oficial de Radiodiofusión se apuntó: a) en el quinquenio 1953-1957 el área de estaciones de radiodifusión sería aumentada en un 187 % con respecto a 1952 y b) el servicio internacional cuyo alcance actual estaba limitado a América y Europa Occidental sería extendido a todo el mundo, mediante la incorporación de tres nuevos equipos transmisores.
Cuatro meses después del anuncio oficial del lanzamiento del “Segundo Plan Quinquenal” Perón firmó el Decreto Nº 4.870 el 8 de abril de 1953, en el que fijó las responsabilidades de los distintos ministerios para el cumplimiento de los objetivos del plan detallado conforme a sus funciones específicas y asignando dos modos de responsabilidades: principal y concurrente.
El Servicio Nacional de Radiodifusión tenía como ministerio responsable al de Comunicaciones y como ministerios concurrentes a los de Defensa Nacional, Interior y Educación. La televisión, poseía como ministerio responsable al de Comunicaciones y como ministerios concurrentes a los de Justicia y Defensa Nacional.
El Segundo Plan Quinquenal indicaba que todo estaba ordenado para glorificar la acción del gobierno de estos primeros siete años en materia de informaciones y comunicaciones, sólo faltaba la ley que regularizara definitvamente todo lo alcanzado.
El 28 de setiembre de 1953 el Honorable Senado de la Nación consideró y aprobó la ley Nº 14.241[81], del Servicio de Radiodifusión y el 13 de octubre de 1953 la promulgó el Poder Ejecutivo. Con el correr de los años, se consitutiría en la primera y única ley de radiodifusión de la historia de nuestro país aprobada por un gobierno democrático.
Esta ley, de solamente 26 artículos, tenía una división general sobre la base de cuatro títulos: I) disposición general, II) servicio de explotación privada, III) servicio oficial de radiodifusión y IV) disposiciones transitorias.
El título primero definió al servcio de radiodifusión como el que mediante emisiones sonoras o visuales transmite directamente al público programas culturales, educativos artísticos, informativos y de entretenimiento que respondan al interés general.
El título segundo estaba integrado por cuatro capítulos: a) definición y características del servicio, b) régimen de las licencias, c) régimen del servicio y d) disposiciones especiales.
En primer lugar, se precisó al servicio de radiodifusión como “de interés público”, destacando que el Poder Ejecutivo podría autorizar a particulares su prestación mediante licencias sujetas a las condiciones establecidas por la ley y su reglamentación. Las adjudicaciones se harían previa licitación pública mediante pliego de bases y condiciones.
Los adjudicatarios de cada licencia pagarían, en concepto de retribución al Estado, por la explotación de las mismas, una contribución anual a determinar por el Poder Ejecutivo.
Excluido el servicio oficial que presta el Estado, la explotación de estaciones de radiodifusión por particulares, su instalación y funcionamiento, se haría sobre la base de tres redes técnicamente orgánicas.
Toda la organización del régimen del servicio de radiodifusión tendría como fundamento el principio de la subordinación del interés particular al interés social, cultural, económco y político de la nación.
Con respecto al régimen de las licencias se afirmaba que las licencias se otorgarían por 20 años y a los que reunieran las siguientes condiciones: a) ser argentino nativo, b) si fueran personas jurídicas o sociedades deberían poseer el 70 % del capital argentinos nativos, c) el presidente, los miembros del directorio y el personal superior, técnico y administrativo tendrían que ser argentinos nativos o naturalizados en el supuesto de éstos tres últimos y, d) tenían que poseer un plan de acción referente a la licencia solicitada.
Asimismo se aclaraba que los titulares de las licencias, directores, administradores y gerentes no podrán tener interés directo o indirecto en otra red, y si se cometiera infracción en esta prohibición podría sancionarse hasta con la caducidad de la licencia. Además, las licencias otorgadas no podían ser cedidas o transferidas total o parcialmente por ningún título.
El régimen del servicio sostenía que los programas de transmisión se ajustaban a tres principios básicos: a) constituir un exponente de la cultura e integrar un plan conjunto racional para la elevación del nivel moral e intelectual del pueblo, b) contribuir a la formación y consolidación de la unidad espiritual de la nación y c) asegurar una adecuada participación de los valores y motivos culturales, artísticos y tradicionales del interior del país.
En esta parte, en materia de contenidos, se prohibía la transmisión de noticias o comentarios contrarios a las leyes, moral, buenas costumbres, las que incitaran a la traición contra el Estado, la rebeldía o la sedición contra las autoridades, las que provocaran alarma pública, las que perturbaran las actividades económico-financiera, las que dañaran o comprometan las relaciones internacionales del país y las que suscitaran polémicas o contuvieran expresiones injuriosas o difamatorias.
En relación a la publicidad comercial se específicó que se realizaría de modo que por su magnitud, carácter y forma de transmisión no afectara la calidad de la programación.
En las disposiciones especiales se destacaba la mención que el Poder Ejecutivo podría intervenir, suspender o tomar a su cargo, total o parcialmente, el servicio de radiodifusión que realizaran las redes privadas, en los casos previstos en los artículos Nº 34 y 83 (inc. 19) de la Consitución Nacional que se referían a la posibilidad de declarar el estado de sitio en casos de conmoción interior o de ataque exterior.
El título tercero creó el Servicio Oficial de Radiodifusión (SOR) y el Servicio Internacional de Radiodifusión (SIR). El SOR tenía como finalidad contribuir a consolidar la unidad espiritual de la nación -exaltando tradiciones y sentimientos patrios- y jerarquizar los programas mediante transmisiones calificadas que ayudaran a difundir la acción del Estado. El SIR debía difundir en el exterior los planes y resultados del gobierno a través de la “Doctrina Nacional”. Los fondos del SOR se conformaban sobre dos tipos de recursos: a) créditos que anualmente fijaba la ley de presupuesto y b) contribuciones de carácter anual de las redes privadas.
El título cuarto destaca que los permisionarios de ese entonces continuarían prestando el servicio a título precario hasta tanto se adjudicaran las redes. Finalmente, el artículo 24 de la ley Nº 14.241, que sería el eje de un grave conflicto unos años después, señaló que “dentro de los noventa días de la promulgación de la presente, el Poder Ejecutivo llamará a licitación pública por el término de 45 días para el otorgamiento de la licencia de explotación de cada una de las redes”.
El texto de la ley Nº 14.241 necesitaba todavía definir y perfeccionar algunas de las secciones comentadas porque los 26 artículos comprendieron definiciones muy genéricas y limitadas que implicaban describir aún más el alcance. Para avanzar en estos lineamientos el Ministerio de Comunicaciones preparó la reglamentación de la ley con la finalidad de precisar todo lo que el gobierno pretendía en materia de radiodifusión. Para ello el 23 diciembre de 1953 se reglamentó la ley del servicio de radiodifusión, luego de la firma del Decreto Nº 25.004.
Este decreto reglamentario de la ley del servicio de radiodifusión contenía 40 artículos y estaba dividido en once capítulos: I) Disposiciones generales, II) Organización de los servicios, III) Régimen de las licencia, IV) Requisitos técnicos, V) Ejecución del servicio, VI) Prestación del servicio, VII) Fiscalización del servicio, VIII) Régimen contable, IX) Contribución anual, X) Sanciones y XI) Medidas complementarias.
El capitulo primero definió al organismo competente y de control: el Ministerio de Comunicaciones, teniendo la dirección, intervención e inspección de los servicios de radiodifusión y televisión y también el desarrollo de la orientación cultural y estética del SOR.
En relación a los contenidos y dentro del marco de consolidar la cultura nacional esta norma señala diversas consideraciones: a) en las trasmisiones orales no se incluirán expresiones antiargentinas o conceptos que atenten contra el estilo de vida colectivo de la nación, b) las emisoras mencionarán la fuente orginaria de las noticias o informaciones que difundan a fin de establecer sua téntica y real procedencia, c) cada una de las empresas pemisionarias será responsable de las noticias o informaciones que trasmitan, las que deberán confirmarse por las fuentes de origen antes de su radiación y cuando se trate una información de carácter internacional se extremarán las medidas de precaución, d) la responsabilidad por las noticias o informaciones que resulten falsas o capciosas recaerá sobre la entidad que la hubiera suministrado y, e) cada estación de radio ejercerá la fiscalización de sus contenidos.
La publicidad comercial sólo se admitiría en forma mesurada y de manera que no disminuyera la calidad de los programas, ya sea por la extensión, contenido o tipo de los anuncios. Y se inspiraría en la veracidad y honestidad y se prohibía la transmisión de publicidades que significaran una competencia desleal.
En el capítulo II, la organización de los servicios, debía ser constituida por indicación del Ministerio de Comunicaciones quien definiría la ubicación de cada una de las tres redes para la prestación del servicio de radiodifusión. En relación al régimen de las licencias, que se refiere el capítulo III, los proponentes deberían satisfacer las siguientes condiciones, además de las exigidas por la ley Nº 14.241: a) acompañar copia autenticada de los estatutos de constitución social y b) documentar antecedentes personales honorables y solvencia económica que demuestre la capacidad financiera necesaria para formar la red.
La adjudicación de cada una de las redes se haría sobre la consideración de dos motivos: a) la base de la mayor suma de dinero ofrecida en concepto de contraprestación al Estado y b) la prestación de las mayores garantías económicas, técnicas y artísticas que permitan la realización de un servicio que acreciente el nivel moral e intelectual del pueblo.
La revocación de las licencias podría ser dispuesta por el Poder Ejecutivo y no daría derecho al permisionario a reclamar indemnizaciones de ningún género.
EL capítulo IV que formula los requisitos técnicos señalaba que el Ministerio de Comunicaciones asignará las frecuencias a las estaciones de radiodifusión y televisión teniendo en cuenta que la distribución y empleo sería realizada según expresa el Reglamento de Radiocomunicaciones.
La ejecución del servicio, designada en al capítulo V, afirma que ninguna estación podría suspender sus transmisiones sin la previa autorización del Ministerio de Comunicaciones. El capítulo VI, acerca de la prestación de servicios, destaca que los permisionarios estaban eximidos de la prestación gratuita de los servicios de radiodifusión con las excepciones que establezca el gobierno nacional.
El capítulo VII nombra al Ministerio de Comunicaciones como organismo de control, verificación, intervención e inspección de los servicios en cualquiera de sus aspectos. El régimen contable, asignado en el capítulo VIII, resalta que la contabilidad correspondiente a la explotación de los servicios de radiodifusión y televisión se llevaría en forma analítica, al día, en idioma nacional, en moneda nacional y con sujeción a las disposiciones que fijara el Ministerio de Comunicaciones.
La contribución anual, referenciada en el capítulo IX, explica que el permisionario de cada una de las redes pagaría en concepto de retribución al Estado por la explotación de las mismas una contribución anual de un millón de pesos moneda nacional ($ 1.000.000 m/n), importe que sería destinado al SOR. Si el desenvolvimiento económico-financiero de la explotación de los servicios resultara superavitario el Ministerio de Comunicaciones podría establecer el aumento de la contribución anual.
El capítulo X resalta el régimen de sanciones que detalla en una escala ascendente: a) observaciones, b) llamados de atención, c) apercibimiento y, d) suspensiones de tres horas a treinta días y durante este período se podría obligar al permisionario a continuar las transmisiones sin publicidad comercial. Las medidas complementarias del capítulo XI manifiestan la derogación del Reglamento de Radiocomunicaciones.
Teniendo toda la normativa necesaria para regularizar la estructura de propiedad en el sistema de medios a partir de la Ley Nº 14.241/53 y el Decreto reglamentario Nº 25.004/53 y la vigencia de la política de contenidos del servicio de radiodifusión a partir de la sanción del Decreto Nº 13.474/46, Manual de Instrucciones para las Estaciones de Radiodifusión, sólo faltaba poner en práctica las leyes.
Siete meses después de la reglamentación de la ley de radiodifusión, en junio de 1954, se produjo el llamado a licitación para la instalación y explotación de tres redes de radiodifusión, a partir de la firma del Decreto Nº 9967/54[82].
Esta norma que conformaría el marco legal de las futuras designaciones en materia de radiodifusión y televisión a la vez constituyó un vacío legal extraordinario ya que como señalamos el artículo 24 de la ley Nº 14.241, establecía que el llamado a licitación pública debía realizarse en el término de 45 días para el otorgamiento de la licencia de explotación de cada una de las redes. Esta controversia jurídica sería el argumento utilizado por el gobierno de la “Revolución Libertadora”, que derrocaría a Perón, para derogar el llamado a licitación y las adjudicaciones correspondientes.
Es importante destacar que este hecho no se comporta como una aberración jurídica –porque la legislación argentina está plagada de estos ejemplos- sino como acto jurídico posible que depende fundamentalmente de la coyuntura política, más allá de los aspectos técnicos mencionados.
El Decreto Nº 9967/54 aprobó el pliego de bases y condiciones de la licitación pública para la instalación, funcionamiento y explotación de tres (3) redes de radiodifusión, técnicamente orgánicas e independientes entre sí.
Las tres redes que se licitaron comprendían las estaciones que en cada caso señalaban las letras “A”, “B” y “C”, que formaban parte integrante de las bases y condiciones, con especificaciones del lugar de instalación, la frecuencia y la potencia con que funcionarían, debiendo proveer, en todos los casos, su propia fuente de energía eléctrica.
Los adjudicatarios de cada una de las tres redes licitadas abonarían al Ministerio de Comunicaciones, en concepto de contraprestación al Estado por la licencia que se otorgara y con destino al SOR, la cantidad mínima de tres millones de pesos moneda nacional (m$n. 3.000.000).
En este aspecto expresa el artículo 3º una mención trascendental que indica la pretensión del gobierno de Perón respecto del futuro del sistema de radiodifusión en relación a desarrollar un sistema de televisión integrado no sólo por el canal 7 (LR 3 TV) sino por otros canales de televisión que acompañaban a la redes de radiodifusión respectiva: “A”, “B” y “C”, manifestando textualmente “la adjudicación de la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de cada una de las redes de radiodifusión a que se refieren las disposiciones precedentes, lleva implícita la de los canales de televisión respectivos”.
Como condición de la adjudicación los proponentes se obligaban a adquirir al Estado, sobre la base del precio que en cada caso se establecería, el activo físico integrado por instalaciones de emisoras, muebles e inmuebles y demás bienes que se transferían para cada red de acuerdo con el detalle que se específica a continuación: Red “A”; m$n. 4.039.185, Red “B”; m$n. 31.165.887 y Red “C”; m$n. 17.327.522.
El programa de acción de las redes tenía que estar comprendidos sobre cinco puntos: a) capital mínimo que se invertirá para la explotación del servicio, plan de inversiones y plazos en que se realizarán, b) plan de orden artístico, cultural, científico y educativo, c) obra argentinista a difundir, d) participación en las transmisiones –sea cual fuere el lugar de su origen- de los valores y motivos culturales, artísticos y tradicionales del interior del país y, e) participación y porcentaje en los programas de instituciones argentinas de arte, cultura, ciencia y educación.
En relación a las características del licenciatario se exigiría para personas físicas la condición de argentino nativo y cuando se tratara de personas jurídicas debían ser constituidas en nuestro país y por lo menos el 70 % del capital social tenían que pertenecer a argentinos nativos.
Las licencias se adjudicaban sobre la base de cuatro condiciones: a) posibilidades técnicas ofrecidas, b) antecedentes personales y solvencia económica que asegure la eficiencia del servicio, c) organización de la empresa para satisfacer las funciones técnicas, administrativas y artístico-culturales y, d) mayor suma ofrecida sobre los montos establecidos –expresados anteriormente-.
Asimismo, las licencias se acordaban  por el término de 20 años a contar desde la fecha de su otorgamiento sin renovación alguna ya que en la nueva licitación futura gozarán de preferencia en igualdad de condiciones los permisionarios que cesaran. Las licencias otorgadas no podrían ser cedidas o transferidas, total o parcialmente, por ningún título a terceros sin autorización del Poder Ejecutivo. La revocación de la licencia no daba derecho a reclamar indemnización de ningún género, consagrando así también la extinción de la misma por tres causas: muerte, falencia o condena en proceso penal del permisionario.
Los adjudicatarios, exentos de la prestación gratuita de los servicios de radiodifusión por disposición del Poder Ejecutivo debían emitir mensajes o discursos pronunciados por el Presidente de la Nación con motivo de actos y ceremonias de trascendencia pública y desfiles de las fuerzas armadas u otros actos relevantes que se celebren en oportunidad de efemérides patrias, rememoración histórica o repercusión nacional.
La tres redes licitadas estaban integradas de la misma manera en relación a la cantidad total: 23 estaciones de radiodifusión cada red. Pero en su integración se diferenciaban de la siguiente manera: Red “A” tenía como cabecera a “LR 6 Radio Mitre” y poseía 5 estaciones en Capital Federal y 19 estaciones en el interior del país. La Red “B” tenía como cabecera a “LR3 LRY Radio Belgrano” y poseía 5 estaciones en Capital Federal, 19 estaciones en el interior del país y un canal de televisión en la Capital Federal “L3 TV” y finalmente la Red “C” tenía como cabecera a “LR 4 Radio Splendid” y tenía 4 estaciones en Capital Federal y 20 estaciones en el interior del país.
No obstante, el decreto Nº 9967/54 que llamaba a licitación en la descripción de estaciones de radiodifusión que integraban las redes no describían nominalmente la cantidad que menciona numéricamente (23) sino a las que se detallan a continuación, que en la sumatoria de los activos físicos concuerda con el monto global en pesos solicitado por cada una de las redes.
            La Red “A” y su estación cabecera “LR 6 Radio Mitre” la integraban: “LR 9 Radio Antártida”, “LT 15 Radio Concordia”, “LU 4 Radio Comodoro Rivadavia”, “LV 3 Radio Córdoba”, “LV 13 Radio San Luis”, “LW 7 Rades Catamarca” y “LW 8 Radio Jujuy”.
            La Red “B” y su estación cabecera “LR 3 LRY Radio Belgrano” la constituían: “LR 2 Radio Argentina”, “LS 5 Radio Rivadavia”, “LS 6 Radio del Pueblo”, “LT 7 Radio Provincia”, “LT 8 Radio Rosario”, “LT 12 Radio Paso de los Libres”, “LT 14 Radio General Urquiza”, “LU 2 Radio Bahía Blanca”, “LU 9 Radio Mar del Plata”, “LU 10 Radio Azul”, “LV 2 Radio Central”, “LV 9 Radio General Guemes”, “LV 10 Radio Cuyo”, “LV 11 Radio del Norte”, “LV 12 Radio Independencia”, “LV 14 Radio La Rioja” y “LV16 Radio Ranquel”.
            La Red “C” y su estación cabecera “LR 4 Radio Splendid” la componían: “LR 5 Radio Excelsior”, “LS 4 Radio Porteña”, “LT 2 Radio Rosario”, “LT 4 Radio Posadas”, “LT 6 Rades Goya”, “LT 11 Radio Concepción del Uruguay”, “LT 16 Rades Presidencia Roque Séenz Peña”, “LU 3 Radio Bahía Blanca”, “LU 5 Radio Neuquén”, “LU 8 Radio Bariloche”, “LU 12 Radio Río Gallegos”, “LU 13 Rades Necochea”, “LV 4 Radio San Rafael”, “LV 6 Rades Mendoza”, “LV 15 Radio Mercedes”, “LW 1 Rades Córdoba” y “LW 3 Rades Tucumán”.
            El 22 de octubre de 1954, cuatro meses después del llamado a licitación, mediante el decreto Nº 17.959 se aprobó la licitación pública realizada por el Ministerio de Comunicaciones y se concedió a los proponentes las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación por el término de 20 años de las tres redes licitadas del servicio de radiodifusión y televisión.
            La Red “A” de radiodifusión y un canal de televisión se adjudicó a “Empresa Editorial Haynes Limitada Sociedad Anónima”, la Red “B” de radiodifusión y un canal de televisión se otorgó a “A.P.T., Promotores Asociados de Teleradiodifusión Sociedad Anónima (en formación)” y la Red “C” de radiodifusión y un canal de televisión se adjudicó a “Sociedad Anónima La Razón, editorial, emisora, financiera y comercial”.
            Como describimos a lo largo de este texto las empresas editoriales “Haynes Ltda.” y “La Razón” eran dirigidas por el My. Vicente Carlos Aloé y “A.P.T., Promotores Asociados de Teleradiodifusión Sociedad Anónima (en formación)” estaba gerenciada por el Sr. Jorge Antonio, amigo de Juan Domingo Péron y ex Presidente de Mercedes Benz Argentina.
            Es decir, como afirma Brenca de Russovich y Lacroix “los medios salían de la égida del Estado y se quedaban en el área del gobierno”[83].
            De esta forma el sistema de radiodifusión en 1954 estuvo organizado por tres redes privadas “A”, “B” y “C” y una red oficial del Estado “LRA Radio del Estado” y un conjunto minoritario de radios independientes de baja frecuencia, que no influían en el sistema comercial entre las que se destacaba LV1 Radio Graffigna de San Juan.


VII. Diversas consideraciones y el final del gobierno


“La actividad periodística de un país, en sus distintas formas, es el reflejo de la vida misma de un pueblo. De colectividades sin ética y hombres sin honor no puede esperarse sino un periodismo sin objetivos, sin valores morales y sin virtudes. Cada pueblo tiene el periodismo que se merece. El periodismo, como toda actividad humana al servicio del pueblo se ennoblece y al servicio de la pasión del hombre se envilece. Yo estimo fundamental por eso que el periodismo acepte ante todo, y como primera norma de su ética, someter sus intereses a los ideales. Solamente así podrá servir al pueblo y por la misma razón ennoblecerse”.
(Juan Domingo Perón[84])



            Para comprender el fenómeno del peronismo en todas sus dimensiones es importante resaltar que Juan Domingo Perón fue el resultado de un sistema político y de una corriente ideológica de la sociedad y del momento histórico.
            Desde la Secretaría de Trabajo y Previsión Social inició un proceso de transformación bajo una concepción revolucionaria y en la cual estaba comprendida la construcción de nuevas y propias reglas en el escenario político a partir de la justicia social.
            Resulta esencial admitir la presencia de una mística en toda esta etapa de la historia de nuestro país porque sólo así puede explicarse en la evolución histórica la permanencia de la identidad y la lealtad peronista. Robert Potash al respecto expresó: “Es inevitable que los juicios discrepen, pero parece haber existido algo más que un mero oportunismo en el ejercicio del poder por parte de Perón. Después de todo se había identificado con los cambios en la distribución del poder y los ingresos, los cambios en el equilibrio entre la industria y la agricultura y los cambios de estilo con la política exterior. Esa era su revolución y el mayor énfasis se encontraba en la necesidad de organizarse en el nivel del gobierno, del Estado, de la nación y de la comunidad para crear una estructura permanente que hiciera imposible un regreso al pasado”[85].
El golpe de estado que terminó con el gobierno de Perón, encabezado por el Gral. Eduardo Lonardi en la denominada “Revolución Libertadora”, empezó suprimiendo al Honorable Congreso de la Nación[86] y en la asunción de facultades legislativas se anuló la Constitución Nacional de 1949[87], se anuló la licitación de radiodifusión[88], se derogó el Segundo Plan Quinquenal[89], se disolvió la Secretaría de Prensa y Difusión[90], se disolvieron los partidos peronistas masculino y femenino[91], se separó a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia[92], se prohibió la utilización de palabras y elementos ideológicos peronistas -la infracción de esta norma podía alcanzar los seis años de prisión[93]- y se decretó la vigencia de la ley marcial en todo el país[94].
            En este escenario, se creó la Comisión Nacional de Investigaciones, dependiente de la Vicepresidencia de la Nación, que tenía como objeto investigar las irregularidades que se hubieran producido en todas las ramas de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal, durante la gestión del gobierno de Perón. Con la publicación de los antecedentes, documentación y conclusiones de esta Comisión investigadora se publicó el “Libro Negro de la Segunda Tiranía”[95].
            La Comisión -que trajo más problemas que soluciones- generó 80 comisiones y 150 subcomisiones para la investigación específica de organismos oficiales, privados y de personas particulares.
            Estuvo presidida por el Contraalmirante Leonardo Mac Lean, tres vocales: Gral. Brig. Luis Rodolfo Gonzalez, Brig. My. Federico Fernando Antonio Ruiz y el Dr. Rodolfo Medina. A su vez, estuvo constituida por 4000 agentes en todo el país, 2500 para la Capital Federal y 1500 para el interior, que “se convirtieron en arbitrarios fiscales, jueces y tribunales cuyo discrecional poder -considerando también denuncias anónimas- hacía cualquier defensa imposible o nula”[96].
            Todos los miembros tenían la capacidad jurídica de hacer comparecer a personas testigos, sospechadas o acusadas para interrogarlas, allanar sus domicilios, detenerlas e incomunicarlas contando en todos los casos el apoyo de la fuerzas policiales.
            A través de la Comisiones Nº 21 y Nº 7 se investigó respectivamente todo lo sucedido en la Secretaría de Prensa y Difusión y en el Ministerio de Comunicaciones.
Por otra parte, en el desarrollo del poder de las organizaciones del Estado existen factores que determinan si una organización pública tiene autonomía suficiente para ejercer un poder político sólido, existiendo dos clases de recursos que fundamentan el poder: autoridad y recursos económicos.
            En este escenario, Brown y Erie (1984), destacan tres factores como fuentes de poder de las organizaciones públicas, que son las claves para conseguir los dos recursos mencionados: a) decisiones legales, b) desarrollo de un ámbito de competencia definido y, c) alianzas con grupos económicos y sociales.
            En este aspecto, tanto la Secretaría de Prensa y Difusión como el Ministerio de Comunicaciones se pueden definir dentro de las funciones establecidas en el Estado nacional y social del peronismo como sectores del núcleo estratégico y sectores con actividades exclusivas del Estado porque asumían decisiones estratégicas en la “cabeza del Ejecutivo” y representaban en el Poder Ejecutivo Nacional el máximo nivel de jerarquía y responsabilidad de gestión en materia de radiodifusión.
            El peronismo tuvo en sus casi diez años de gobierno, en el entorno de una democracia autoritaria, dos protagonistas: el Estado y el pueblo. Y la radiodifusión cumplió un rol fundamental como articulador de esta relación a partir de la construcción de la identidad peronista.
            La ausencia analítica y descriptiva de la prensa gráfica y el cine nos impiden sostener si existió en el gobierno de Perón una política nacional de comunicación, que de confirmarlo, sería la primera política en la historia de nuestro país.
            Lo que si podemos afirmar es que cuatro sistemas de comunicación fueron utilizados desde el gobierno para instaurar el adoctrinamiento de la sociedad, en relación a la instrucción y a la difusión: radio, televisión, prensa gráfica y cine. Y sobre estos se desarrolló una regulación normativa extraordinaria, jurídica, política y económica como jamás se había logrado, desde lo cualitativo y lo cuantitativo con altos contenidos de políticas de comunicación y políticas culturales.
            Políticas culturales que promovieron zonas relegadas, el interior del país y nuevas actividades vinculadas con la industria audiovisual y la industria gráfica.
            Los medios de comunicación, en esta experiencia histórica, garantizaron el adoctrinamiento de la sociedad y la vigencia del peronismo pero no la supervivencia del sistema de gobierno. Esta posición dentro de los factores de poder fue decidida por un actor de un nivel institucional distinto, las fuerzas armadas. Pero la sociedad fue la que acompañó mayoritariamente -desde los procesos electorales- la permanencia de Perón en el poder, más allá de la relación del gobierno con la estructura de propiedad de los medios teniendo presente que en 1946 la mayoría de éstos estaban enfrentados y en 1955 estaban unidos a Perón.
            En la primera presidencia (1946-1952) se formó un sistema extraordinario de medios de comunicación y en la segunda presidencia (1952-1955) se regularizó y normativizó a la radiodifusión a partir de la sanción de leyes y decretos sustanciales. El resultado de estas etapas del gobierno fue la formación y consolidación de un proceso de concentración, centralización y regulación ideológica.
            La restricción de libertades sólo puede ser comprendida dentro de la concepción doctrinaria del peronismo en materia de radiodifusión establecida desde la función social de las comunicaciones, extendiendo los servicios de comunicaciones para lograr la unidad social del pueblo, promover el desarrollo económico y mejorar el nivel cultural, adaptándose a las necesidades de seguridad interna que reclamaba el período revolucionario que Perón necesitaba consagrar desde lo que denominó la “Doctrina Nacional”.

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[1]              Palabras pronunciadas el 24 de junio de 1953 con motivo de la inauguración de los Cursos de Periodismo de la Escuela de Periodismo, creada por el Sindicato Argentino de Prensa.
[2]              El concepto de actores alude a individuos, grupos, sectores y organizaciones a los que es posible imputar comportamientos económicos y políticos que permiten ubicarlos en el cambiante -y crecientemente complejo- escenario de una estructura social en formación. (OSZLAK, Oscar (1985). La Formación del Estado Argentino. Editorial de Belgrano, Buenos Aires, p. 14)
[3]              Según la sociología clásica la masa se define como un conjunto social amorfo -carece de forma- y se caracteriza por las relaciones psíquicas, duraderas o fugaces, que se establecen entre sus componentes. Porque en cuanto se considera integrante de una masa y piensa en función de tal, el individuo se coloca en el nivel en que se encuentra en comunión con los demás, siendo los factores preponderantes de su pensamiento los que comparte con todos los componentes del conjunto. Al carecer de regulación interna necesitan un conductor. (DE MAHIEU, Jaime María (1969). Tratado de Sociología General. Editorial Sudestada, Buenos Aires, p. 134). El comportamiento de la masa presenta tres características básicas: a) objetivos remotos y extremos, b) favorecen los modos activistas de intervención en el orden social, c) movilizan sectores desarraigados y atomizados de población y, d) carecen de una estructura interna independiente. (KORNHAUSER, William (1969). Aspectos políticos de la sociedad de masas. Amorrortu editores, Buenos Aires, p. 44).
[4]              La exposición denominada “La Nueva Argentina” fue presentada el 20 de setiembre de 1951 mediante el Decreto Nº 18.642/51.
[5]              Integraron el grupo sólo miembros del ejército en actividad, tres coroneles: Miguel Montes, Juan Domingo Perón y Emilio Ramírez, trece tenientes coroneles, tres mayores y un capitán.
[6]              Definición desarrollada del GOU según distintos autores. Roberto Sidicaro lo define como Grupo Organizador y Unificador, Fermín Chavez y Enrique Pavón Pereyra lo designa como Grupo de Obra de Unificación y Bernardo Rabinovitz lo señala como Grupo, Orden y Unidad. Por otro lado, Peter Waldmann, Alain Rouquié, Robert Potash, Joseph Page, José Luis Romero, Alejandro Horowicz y Félix Luna, entre otros, lo caracterizan como Grupo de Oficiales Unidos. Pero más allá de esta distinción la mayoría de los autores que estudia el peronismo destaca la escasa influencia del GOU en el golpe de estado producido en 1943.
[7]              A finales de 1941 Perón fue nombrado Jefe del Destacamento de Montaña de la Provincia de Mendoza y en 1942, siendo designado coronel es trasladado a la Inspección de Tropas de Montaña, cuyo jefe era el Gral. de Brigada Edelmiro Farrell. En esta provincia empieza a construirse una relación de amistad entre ambos militares que sería trascendental en el destino del país.
[8]              En la segunda etapa del peronismo luego del período de la resistencia peronista (1955-1973) el proyecto político en su tercera presidencia (1973-1974) Perón lo denominó “El Modelo Argentino para el Proyecto Nacional”, siendo la última actualización de su pensamiento y su doctrina.
[9]              Más allá de la extensa obra escrita y de los cargos académicos que ocupó Perón, antes de integrar al gobierno del Gral. Farrell, tuvo tres funciones destacadas en el exterior: 1931) Jefe de la Subcomisión de Límites que reconoció la frontera boliviana-argentina, 1936) Agregado militar en la República de Chile y 1939) Agregado militar en la República de Italia en los Regimientos “Infantería de Montaña -Chietti-”, “División Alpina -Tridentina-“ y “División de Infantería de Montaña -Pinerolo-”.
[10]             El 25 de febrero de 1944, el Presidente de la Cámara de Comercio de Estados Unidos, William Johuston, manifestó “el pueblo de mi país se siente feliz con cooperar con los países sudamericanos, pero ustedes también deben hacer un sacrificio muy importante para ganar la guerra en Europa” (RABINOVITZ, Bernardo (1956). Lo que no se dijo (1943-1956). Ediciones Guré, Buenos Aires, p. 15)
[11]             Nuestro país declaró la guerra al Reich Alemán y al Imperio del Japón el 27 de marzo de 1945 a través del Decreto Nº 6.945/45.
[12]             En este año se creó la Escuela Superior de Guerra del Ejército cuyo lema continúa vigente “Ser más que Parecer” y donde los primeros profesores magistrales eran militares alemanes que confirma el Tte. Gral. Luis María Campos, al señalar “tenemos que partir de los maestros del arte de la guerra y de la estrategia, los alemanes y en especial Karl Von Clausewitz y Colmar Von Der Goltz” (PAVON PEREYA, Enrique (1952). Perón. Preparación de una Vida para el Mando (1895-1942). Ediciones Espiño, Buenos Aires, p. 98).
[13]             Frente político conservador-radical de características antipersonalistas.
[14]             En 1954 el número de parlamentarios de origen gremial fue el más alto de la historia: 8 senadores nacionales, 49 senadores provinciales, 54 diputados nacionales y 160 diputados provinciales. En 1955 la CGT tenía 6.000.000 de obreros afiliados sobre un población total del país de 18.000.000 de habitantes. (SANTOS MARTINEZ, Pedro (1976). La Nueva Argentina (1946-1955). Ediciones La Bastilla, Buenos Aires, p. 264).
[15]             Fundamentalmente con la Armada. La Fuerza Aérea, entre la mayoría de sus miembros, acompañó una posición ideológica neutral en relación al peronismo, inclusive en el derrocamiento del gobierno de Perón en 1955. El ejército fue el actor clave de las fuerzas armadas entre 1946 y 1955 y en él se produjo el mayor porcentaje de adoctrinamiento y lealtad a Perón pero también desde esta arma emergieron los hombres que terminaron produciendo el final anticipado de su mandato. La orientación ideológica de los generales en servicio activo, sobre un total de 44, con respecto a una posición favorable a la candidatura de Perón en 1946 era sólo de 11, el resto de los oficiales superiores del ejército se declaraba como “antiperonista” o neutral (POTASH, Robert (1981). El ejército y la política en la Argentina (1945-1962). De Perón a Frondizi. Editorial Sudamericana, Buenos Aires, p. 26).
[16]             Juan Domingo Perón renunció el 8 de octubre de 1945 a los cargos de Vicepresidente de la Nación, Ministro de Guerra y Secretario de Trabajo y Previsión. El 12 de octubre del mismo año el Gral. Farrell por indicación del Ministro del Interior, Gral. Eduardo Abalos, ordenó el arresto domiciliario de Perón.
[17]             Fermín Chávez relata que estuvieron presente 200.000 personas y Félix Luna 150.000 personas.
[18]             Estuvo integrado por la mayoría de los partidos políticos y tenían el apoyo de la Marina, la Fuerza Aérea, la clase alta y la clase media de la sociedad, la universidad, la Embajada de Estados Unidos, los medios de comunicación y un sector del Ejército.
[19]             En este período inicial el partido político que integró Perón se llamó “Partido Laborista”, luego “Partido Único de la Revolución” y finalmente “Partido Peronista”.
[20]             Pretendía que la continuidad de la enseñanza de la religión católica sea obligatoria en las escuelas públicas. Además, Perón, afirmó durante la campaña electoral que iba a poner en práctica las encíclicas papales para reivindicar la justicia social para los obreros y desarrollar la economía en función de la sociedad y no del individuo. (SANTOS MARTINEZ, Pedro (1976). La Nueva Argentina (1946-1955). Ediciones La Bastilla, Buenos Aires, p. 162).
[21]             Hortensio Quijano era dirigente de la Unión Cívica Radical y fue Ministro del Interior del Gral. Farrell en el período agosto-octubre de 1945.
[22]             La mayoría de los historiadores y de los investigadores que tratan sobre la materia señalan que eran escasas las posibilidades del triunfo de Perón en las elecciones nacionales teniendo en cuenta el amplio frente opositor de partidos políticos, clases sociales, medios económicos y medios de información.
[23]             El “Partido Laborista” obtuvo 1.479.511 votos y la “Unión Democrática” consiguió 1.210.822 sufragios.
[24]             Diversos historiadores contraponen esta categoría política a la de “dictador” o “tirano”.
[25]             GARCIA DELGADO, Daniel (1994). Estado y Sociedad (Cap I “Del Estado de Bienestar al Estado Postsocial). Tesis Norma, Buenos Aires, p. 49.
[26]             Se creó en agosto de 1945 y estaba dirgido a planear un ordenamiento económico futuro. Lo presidía Juan Domingo Perón y José Figuerola asumió la Secretaría General y de él formaron parte Miguel Miranda y miembros del grupo Bunge (En la primera presidencia de Perón, Figuerola asumiría como Secrretario Técnico de la Presidencia y Miranda como Preidente del Banco Central). (ACADEMIA NACIONAL DE HISTORIA. Historia de la Nación Argentina.Tomo VII. Editorial Planeta, Buenos Aires, 2000, p. 508)
[27]             Los planes integrales sólo se convirtieron en reconocidos instrumentos de la política de desarrollo hacia fines de la década del cuarenta. Los antecedentes conocidos hasta esa época fueron los planes quinquenales de Stalin, un plan hexanal mejicano en 1933, un plan quinquenal turco en 1934 y los planes de Perón en 1947 y 1952 (WALDMANN, Peter (1981). El Peronismo, 1943-1955. Editorial Sudamericana, Buenos Aires, p. 83).
[28]             Los fines que se propuso el plan fueron los siguientes: I) en lo político: el desarrollo material, la elevación moral, el equilibrio nacional y la defensa nacional, II) en lo social: evitar la desocupación, elevar el nivel cultural y de vida de los trabajadores, III) en lo económico: aumentar la renta nacional, posibilitar la mejor distribución de la riqueza, absorber los excedentes de materias primas, estabilizar los precios, poner en actividad modernos y perfeccionados centros industriales y, IV) en lo financiero: la independencia y estabilidad monetaria, la inversión productiva del ahorro y el fortalecimiento y regulación de los recursos del Estado.
[29]             Fijaba cuatro tipos de objetivos: I) fundamentales: referidos a la política permanente, II) generales: sobre normas y procedimientos necesarios para obtener la concreción de los anteriores, III) especiales: para cumplir durante la vigencia del plan y, IV) particulares: consolidar la independencia económica, con el objeto de asegurar la justicia social y mantener la soberanía política.
[30]             PERON, Juan Domingo (1952). Doctrina Peronista. Subsecretaría de Informaciones de la Presidencia de la Nación, Buenos Aires, p. 346.
[31]             La Reforma Constitucional tuvo dos corrientes interpretativas históricas-ideológicas. Por un lado, se considera que la Reforma de la Constitución permitió incorporar los derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad, de la educación y de la cultura. Y, por otro, la visión más crítica a la reforma de la Carta Magna señala que sólo tuvo como principal intención modificar los artículos Nº 77 y 78, que tratan acerca de los requisitos, el período de gobierno y la reelección del Presidente de la Nación. La modificación de estos artículos permitió a Perón presentarse a un nuevo período de gobierno ya que la modificación permitía la reelección indefinida (Art. Nº 78: El Presidente y el Vicepresidente duran en sus cargos seis años y pueden ser reelegidos). El texto definitivo de la nueva Constitución Nacional fue aprobado en la Convención Nacional Constituyente el 11 de marzo de 1949.
[32]             SANTOS MARTINEZ, Pedro (1976). La Nueva Argentina (1946-1955). Ediciones La Bastilla, Buenos Aires, p. 136.
[33]             Esta concepción se refiere a no estar a favor del imperialismo norteamericano ni a favor del imperialismo soviético. El predominio de ambos imperialismos nació en Yalta y en Potsdam. Dijo Perón “No es secreto para nadie que cuando terminó la Segunda Guerra Mundial, en 1945, se reúnen en Yalta el imperialismo yanqui y el imperialismo soviético. Allí, ellos arreglan el asunto. Hacen las conversaciones (estaban Stalin, Churchill y Roosevelt) y dividen el mundo. Trazan una línea y dicen: de acá para allá es de ustedes y de acá para allá es de nosotros y trazan una línea para no tener conflictos jurisdiccionales”. (Op. Cit.)
[34]             El plan de gobierno de Perón, como señalamos se denominó “Doctrina Peronista”, que fue consensuada por el “Partido Peronista”. Aquellos países del mundo que quisieran adoptar estos principios doctrinarios se denominarían Justicialistas.
[35]             Calculando la Tercera Guerra Mundial. (SANTOS MARTINEZ, Pedro (1976). La Nueva Argentina (1946-1955). Ediciones La Bastilla, Buenos Aires, p. 244).
[36]             La concepción de restricción de libertades individuales en este trabajo es utilizada para referirse exclusivamente a los medios de comunicación, por ello la categorización de “la esfera de lo social”. La obstrucción de libertades individuales en “la esfera de lo político” (asociada a los derechos políticos y a la figura de presos políticos –que existieron en la época-) conforma otra categorización, que por una cuestión de espacio no podrá ser abordada.
[37]             En 1946 sobre un total de 155 miembros que integraban la Cámara de Diputados, el “Partido Peronista” tenía 111 parlamentarios (70 %) y la Unión Cívica Radical los restantes 44 diputados (La oposición parlamentaria estuvo representada por el bloque de los “44”, presidido por Ricardo Balbín y conformado por Arturo Frondizi, Luis Dellepiane, Gabriel Del Mazo, Emilio Ravignani y Antonio Sobral, entre otros). En 1952 sobre un total de 159 miembros de la Cámara de Diputados el “Partido Peronista” tenía 135 diputados (91 %) y la “Unión Cívica Radical” 19 parlamentarios. En 1954 sobre un total de 155 miembros el “Partido Peronista” tenía 141 diputados (91 %) y la “Unión Cívica Radical” 14 parlamentarios (Dirección de Información Parlamentaria de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación).
[38]             “La limitación de las libertades públicas consagradas en la Constitución Nacional fue otra de las características de la década peronista: se encarceló a muchos dirigentes de la oposición y los partidos rivales casi no tuvieron acceso a los medios de comunicación, que fueron censurados y monopolizados por el gobierno e invadidos por la propaganda oficialista. En las universidades, se persiguió a quienes no eran partidarios del gobierno y los sindicalistas no peronistas optaron por la marginación”. (SIDICARO, Ricardo (1996). Perón. Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires, p. 41).
[39]             Las inversiones extranjeras totalizaban en 1940 el 60 % de la economía, de las cuales casi la mitad correspondían a Gran Bretaña, seguida por los Estados Unidos y Bélgica. En cambio, hacia 1950, el primer lugar correspondía a Estados Unidos y el segundo a Gran Bretaña. (MURMIS, Miguel, PORTANTIERO, Juan Carlos, PANAIA, Marta y LESSER, Ricardo (1974). Estudio sobre los orígenes del peronismo. Buenos Aires).
[40]             Esta elección presidencial presentó por primera vez en la historia de nuestro país tres características extraordinarias: a) sufragio femenino, b) voto por circunscripción electoral y c) escrutinio provisorio realizado inmediatamente después de finalizado el acto electoral.
[41]             Eva Perón declaró su renuncia a ocupar la candidatura a la vicepresidencia de la nación, por problemas de salud, el 17 de octubre de 1951 y falleció el 26 de julio de 1952.
[42]             El “Partido Peronista” obtuvo 4.745.168 sufragios y la “Unión Cívica Radical” 2.415.750 votos.
[43]             La actualización de estos términos se corresponde con la dialéctica que desarrolló Karl Marx “proletariado y burguesía”.
[44]             El país empezó a estar comprendido en el debate “peronismo/antiperonismo”, “pueblo/antipueblo” y “democracia/fascismo”.
[45]             La gran mayoría de los historiadores del peronismo afirman que no existieron motivos evidentes -de público conocimiento- para que Perón, a partir de 1954, desplegara acciones contundentes contra la Iglesia: a) supresión de la Dirección de Enseñanza Religiosa (03/12/54), b) clausura del diario católico “El Pueblo” y la editorial “Difusión” (10/12/54), c) sanción de la Ley Nº 14.394 sobre régimen penal para menores, bien de familia y presunción de fallecimientos (22/12/54), d) sanción de la ley Nº 14.401 sobre la supresión de la enseñanza religiosa en las escuelas (23/05/55) y, e) sanción de la ley Nº 14.405 que deroga las exenciones impositivas que beneficiaban a los institutos religiosos (23/05/55). Estas decisiones políticas condujeron a la crisis definitiva entre el Estado y la Iglesia, que tuvo como último antecedente la procesión del Corpus Christi realizada el 11 de junio de 1955, donde luego de un episodio confuso (quema de una bandera argentina con la imagen de Eva Perón) el día posterior fueron detenidas 400 personas y 20 sacerdotes. Finalmente, el 16 de junio de 1955 -de manera paralela a un intento de golpe de estado que sufría Perón, dirigido por el Contralmirante Samuel Toranzo Calderón- grupos desconocidos saquearon e incendiaron la Catedral metropolitana y 16 iglesias en la ciudad de Buenos Aires.
[46]             Es interesante resaltar que hasta 1954 el peronismo se sostenía con un muy fuerte respaldo de la sociedad ya que el 25 de abril de ese año se realizaron elecciones nacionales para renovar diputados y cubrir la vacante que había dejado el fallecimiento del vicepresidente de la Nación, Hortensio Quijano. Los resultados fueron categóricos: 64 % (4.994.106 votos) para el “Partido Peronista” que postuló como Vicepresidente al Contralmirante Alberto Teissaire y 30 % (2.493.422 votos) para la Unión Cívica Radical que propuso para el mismo cargo al Dr. Crisólogo Larralde.
[47]             Los dos intentos fallidos de golpe de estado que sufrió anteriormente Perón fueron: el 28 de setiembre de 1951 dirigido por el Gral. Benjamín Menéndez y el 16 de junio de 1955 liderado por el Contralmirante Samuel Toranzo Calderón.
[48]             Desarticulando y disolviendo todas las instituciones y convenciones instauradas por el peronismo en el gobierno, en el movimiento social y en el imaginario de la población del país.
[49]             El cine, dentro de la industria audiovisual, instituyó el cuarto sistema de comunicación utilizado por el gobierno. Debido a una limitación espacial en el texto no podrá ser abordada extensivamente esta cuestión y tampoco la prensa gráfica.
[50]             POTASH, Robert (1981). El ejército y la política en la Argentina (1945-1962). De Perón a Frondizi. Editorial Sudamericana, Buenos Aires, p. 46.
[51]             SIDICARO, Ricardo (1996). Perón. Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires, p. 36.
[52]             Entre las decisiones más destacadas se pueden indicar: a) Decreto Nº 6692/46 (Declara expropiadas 500 toneladas de papel para diarios), b) Decreto Nº 30.498/48 (Ordena la expropiación de papel de diario de propiedad “La Prensa” de Buenos Aires), c) Decreto Nº 31.331/48 (limita el número de páginas a los diarios que se publican en el país), d) Decreto Nº 11.213/49 (Dispone la expropiación de 100 toneladas de papel consignadas al diario “La Nación” de la Capital Federal), e) Decreto Nº 5702/49 (Dispone la expropiación de partidas de papel de diarios existentes en el país y reduce el número de páginas de los diarios), f) Decreto Nº 3661/50 (Dispone la expropiación de papel para diarios) y, g) Resolución Nº 53/52 -I y C- (Restringe el uso de papel para diarios).
[53]             Ley Nº 13.569 (24/10/49) modifica varios artículos del Código Penal: “Art. 4º. Substitúyese el art. 244 del Código Penal, por el siguiente: Se impondrá prisión de dos meses a un año al que provocare a duelo, amenazare, injuriare o de cualquier otro modo ofendiere en su dignidad o decoro a un funcionario público a causa del ejercicio de sus funciones o al tiempo de practicarlas, ya sea refiriéndose directamente a la persona agraviada o por alusión al poder que representa o al organismo público de que forma parte o de cualquier otra manera indirecta. Si el ofendido fuere el Presidente o Vicepresidente de la Nación, un legislador nacional o provincial, un gobernador, un ministro nacional o provincial o un juez, se impondrá prisión de seis meses a tres años. Al culpable de desacato no se le admitirá la prueba de la verdad o notoriedad de los hechos o cualidades atribuídas al ofendido”.
[54]             Ley Nº 14.062 (25/10/51), aprueba el Decreto Nº 19.376/51 sobre estado de guerra interno: “Buenos Aires, 28 de setiembre de 1951. En presencia de un levantamiento de jefes y oficiales del Ejército, movidos por elementos internos y externos, alzados contra el gobierno legalmente constituído, que tiene su origen en comicios unánimemente reconocidos como puros e inobjetables, mancillando las armas que la Nación le confió para su defensa contra los enemigos de la Patria y considerando que se trata de un movimiento contra los derechos del pueblo que pone en peligro la soberanía nacional, las conquistas obreras, encarnados en la posición justicialista del Gobierno, El Presidente de la Nación Argentina Decreta: Art. 1º: Declárase el estado de guerra interno en todo el territorio de la República. Art. 2º: Todo militar que se insubordine o subleve contra las autoridades constituídas, o participe en movimientos tendientes a derrocarlas o desconocer su investidura será fusilado inmediatamente”.
[55]             La declaración del estado de sitio señala según el artículo Nº 23 de la Constitución Nacional que en caso de conmoción interior o de ataque exterior se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, suspendiéndose las garantías constitucionales y teniendo el Presidente de la Nación la facultad de arrestar o trasladar a los ciudadanos pero no a condenar por sí o aplicar penas. Más allá de los distintos motivos que la fundamentaron, las normas declaradas al respecto son las siguientes: a) Decreto Nº 536 (29/01/45): establece penas para los delitos que específica contra la seguridad del Estado,  b) Decreto Nº 17.991 (16/08/45): declara levantado el estado de sitio en todo el territorio de la República, vigente desde el 4 de junio de 1943, c) Decreto Nº 23.173 (27/09/45): declara el estado de sitio a todo el territorio de la República durante el proceso electoral, d) Ley Nº 14.409/55 (17/06/55): declara el estado de sitio en todo el país y, e) Ley Nº 14.416 (10/08/55): levanta el estado de sitio en todo el país.
[56]             Se produjeron allanamientos en los diarios: “La Nación”, “La Prensa”, “Clarín” y “La Hora” el 23 de noviembre de 1949 y en las agencias de noticias “United Press” y “Associated Press” el 25 de noviembre de 1949. Se realizaron clausuras en los diarios: “La Vanguardia” del Partido Socialista el 27 de agosto de 1947, “El Intransigente” y “Provincias Unidas” de la Unión Cívica Radical el 23 de febrero de 1949, “El Pueblo” de la Iglesia Católica el 10 de diciembre de 1954. Y se dispuso la expropiación de los bienes de la sociedad del diario “La Prensa” el 18 de abril de 1951 a través de la Ley Nº 14.021/51.
[57]             IMPRENTAS: Capital Federal: Democracia, Alea, Editorial Haynes, La Razón, CADEPSA. Interior del país: Democracia (Democracia y Rosario), Rosario; El Meridiano, Córdoba; La Mañana, Mar del Plata; APA (El Atlántico), Bahía Blanca; (APA) (El Argentino y El Plata), La Plata; El Día, La Plata; Nueva Provincia, Bahía Blanca; La Libertad, Mendoza; APA (Tribuna), Tandil. PERIODISMO: A) Diarios: Capital Federal: “Democracia”, “El Laborista”, “Noticias Gráficas”, “El Mundo”, “La Razón”, “Crítica”, “La Época”. Interior del país: “Rosario” (Rosario), “Democracia” (Rosario), “El Meridiano” (Córdoba), “La Mañana” (Mar del Plata), “El Atlántico” (Bahía Blanca), “El Argentino” (La Plata), “El Plata” (La Plata), “Nueva Provincia” (Bahía Blanca), “La Libertad” (Mendoza), “Trbuna” (Tandil). REVISTAS: “Mundo Agrario”, “Mundo Radial”, “Mundo Infantil”, “Mundo Atómico”, “Mundo Argentino”, “Mundo Deportivo”, “Caras y Caretas”, “PBT”, “El Hogar”, “Selecta”. AGENCIAS DE NOTICIAS: Agencia Latina de Noticias, con sede central en Río de Janeiro.
[58]             En 1949, respondiendo a reclamos del bloque de diputados de la Unión Cívica Radical, la Honorable Cámara de Diputados de la Nación aprobó la constitución de la Comisión Bicameral Investigadora de Actividades Antiargentinas (conocida como “Comisión Visca”), con la finalidad de comprobar acusaciones contra el gobierno. Presidió la Comisión el diputado peronista José Emilio Visca y fue secundado por el diputado Rodolfo Decker (peronista), clausurando en otros órdenes a los que originaron la Comisión -luego de una investigación jurídica y financiera- 70 diarios que no cumplían normas legales vigentes. (LUNA, Félix (2001). La Razzia de Visca en “Todo es Historia”, Nº 406, Mayo de 2001, Buenos Aires, p. 18).
[59]             Ley Nº 750 ½, de Telégrafos Nacionales. Posteriormente la telegrafía se extendió sobre dos vertientes: la telefonía (Ley Nº 4.408/1904, de Teléfonos) y la radiotelegrafía (Ley Nº 9.127/1913, de Telegrafía).
[60]             Decreto Nº 13.644 (21/10/43).
[61]             Decreto Nº 18.406 (13/01/44).
[62]             Ley Nº 14.303 (07/07/54).
[63]             A partir de la publicación del Decreto Nº 13.751/54.
[64]             A través del Decreto Nº 584 (18/06/43).
[65]             Decreto Nº 7.618 (27/04/44).
[66]             Decreto Nº 28.169 (18/10/44).
[67]             Decreto Nº 21.044 (13/07/33), reglamentario de la Ley Nº 9.127, del Servicio Radiotelegráfico (29/09/1913).
[68]             Entró en vigencia el 1º de junio de 1946.
[69]             Ley Nº 12.999 (23/08/47).
[70]             Decreto Nº 16.688 (15/08/50).
[71]             Decreto Nº 11.731 (03/12/52).
[72]             Luego del intento de golpe de estado del 16 de junio de 1955, con la intención de reorganizar el gobierno nacional, renunciaron a sus cargos cuatro ministros (Interior, Transporte, Educación y Agricultura) y el Secretario de Prensa y Difusión de la Presidencia, Raúl Alejandro Apold. Asumió en éste organismo el 5 de julio de 1955 el periodista León Bouché, por el período de dos meses hasta finalizar el mandato Perón.
[73]             BASCHETTI, Roberto (2001). Conferencia titulada “La prensa escrita en el gobierno peronista” llevada a cabo en el Instituto Nacional Juan Domingo Perón de Estudios e Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas, el 19 de abril de 2001.
[74]             Alea jacta est (expresión en latín: “la suerte está echada”).
[75]             Antiguo colaborador de Perón, cuando éste se desempañaba como Teniente Primero en la Escuela de Suboficiales del Ejército en el año 1922.
[76]             Era un dirigente de la Unión Cívica Radical y que luego de brindar su apoyo a Perón obtuvo una banca de diputado nacional por el Partido Peronista.
[77]             COMISION NACIONAL DE INVESTIGACIONES (1958). Libro Negro de la Segunda Tiranía. Ediciones Guré. Buenos Aires, p. 95.
[78]             LUNA, Félix (1984). El 45. Hyspamerica Ediciones, Buenos Aires, p. 439.
[79]             La cifra de este dato varía en relación a las fuentes ya que distintos autores que escriben sobre la materia oscilan entre 500 y 5000 televisores.
[80]             “Art. 40: La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución. Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedades imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto, que se convendrá con las provincias. Los servicios públicos pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaren en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine. El precio por la expropiación de empresas concesionarias de servicios públicos será el costo de origen de los bienes afectados a la explotación, menos las sumas que se hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión, y los excedentes sobre una ganancia razonable, que serán considerados también como reintegración del capital invertido”. (CONSTITUCION NACIONAL DE 1949. Ediciones Pequén, Buenos Aires, 1983).
[81]             Esta ley se originó en un proyecto del Poder Ejecutivo Nacional, que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación aprobó en la sesiones del 24 y 25 de setiembre de 1953. El Senado lo aprobó el 28 de setiembre y la ley fue publicada en el Boletín Oficial el 22 de octubre de 1953.
[82]             El Decreto Nº 9967/54 fue firmado 16 de junio de 1954 y fue publicado en el Boletín Oficial el 25 de junio del mismo año.
[83]             BRENCA DE RUSSOVICH, Rosa y LACROIX, María (1986). Radio y poder en la Argentina 1920-1953 en Cuadernos del Periodismo Nº 1, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Lomas de Zamora, p. 69.

[84]             Palabras pronunciadas el 24 de junio de 1953 con motivo de la inauguración de los Cursos de Periodismo de la Escuela de Periodismo, creada por el Sindicato Argentino de Prensa.
[85]             POTASH, Robert (1981). El ejército y la política en la Argentina (1945-1962). De Perón a Frondizi. Editorial Sudamericana, Buenos Aires, p. 153.
                 
[86]             Decreto Nº 42/55 (03/10/55).
[87]             Op. Cit.
[88]             Decreto Nº 170/55 (04/10/55).
[89]             Decreto-Ley Nº 356/55 (17/10/55).
[90]             Decreto-Ley Nº 3030/55 (23/11/55).
[91]             Decreto-Ley Nº 3855/55 (12/12/55).
[92]             Decreto Nº 318/55 (07/10/55).
[93]             Decreto-Ley Nº 4161/56 (09/03/56).
[94]             Decreto-Ley Nº 10.362/56 (14/06/56).
[95]             Esta publicación sintetiza las invetsigaciones de la Comisión titulada “Documentación, autores y cómplices de las irregularidades cometidas durante la segunda tiranía”.
[96]             TRENTI ROCAMORA, José Luis (2001). Nómina de las impresiones efectuadas por la Secretaría de Prensa y Difusión entre 1946 y 1955 en “Boletín de la Sociedad de Estudios Bibliográficos Argentinos”, Nº 10, Julio de 2001, Buenos Aires, p. 12.

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