Habermas - "Un argumento contra la clonación de seres humanos. Tres réplicas", en La constelación posnacional. - Seminario de Informática - Cátedra: Ferrer
Habermas - "Un argumento contra la clonación de seres humanos. Tres réplicas", en La constelación posnacional. - Seminario de Informática - Cátedra: Ferrer
La autocomprensión moral varía cuando la persona
afectada le atribuye la decisión sobre los fundamentos naturales de su propio
desarrollo a otra persona, al encontrar en la imagen de sus predisposiciones
una intención ajena. Hay una repercusión permanente e irreversible de la
decisión arbitraria de otra persona sobre uno (sobre las condiciones esenciales
de la autocomprensión.
Resumen 2
(207)
Capítulo 8
¿Esclavitud
genética?
Los límites
morales de los avances de la medicina progresiva.
Tras la inicial indignación, sobre las nuevas técnicas de medicina
genética, viene la normalización. Las innovaciones no se ven solventadas sólo
por le interés de lo investigadores en su propia reputación, o en interés de de
los fabricantes por resultados económicos satisfactorios. “Las nuevas ofertas
afectan manifiestamente al interés de los consumidores. Y este interés es a
menudo tan contundente que los escrúpulos morales se desvanecen con el paso del
tiempo. ¿No es el alivio el dolor, por sí mismo, un argumento válido?
“Los intereses se imponen con más rapidez cuanto más
débiles son las objeciones morales que los deben contener”:
Un
recién nacido clonado tiene una dotación genética entendida HOY como un DESTINO o una CIRCUNSTANCIA CONTINGENTE (accidental, azarosa, causal). Este
destino es considerado como resultado de proceso controlado por la casualidad,
con el cual la persona a medida que crezca deberá vivir.
(208)
Nosotros con encontramos a nosotros mismo como una persona ya determinada. A
pesar de no tener capacidad de disposición sobre el núcleo esencial de
predisposiciones y propiedades heredadas, somos responsables de nuestras
acciones y descuidos.
Hay dos posiciones:
1) Debemos hacernos cargo de este “destino”. Aceptarlo.
2) Quienes lo ven como un reto: llegar a ser lo que uno quisiera ser.
Condición de una exigencia de un actuar responsable:
“(…) ninguna persona tiene derecho a disponer de otra persona y controlar sus
posibilidades de acción de tal modo que a la persona dependiente le sea sustraído
una parte esencial de su libertad. Esta acción es vulnerada cuando alguien
decide sobre el programa genético de otra persona”.
Con esto se ve una clara diferencia entre el ser
clonada y la situación de gemelos univitelinos. “El problema no es la semejanza
absoluta de las partes surgidas d una célula, sino la usurpación y la
subyugación”.
Con la manipulación genética se instituye una competencia de decisión
comparable a la esclavitud: ésta es una relación jurídica que implica que un
ser humano dispone de otro como propiedad. La copia de la dotación genética de
un ser humano debe ser condenada, ya que destruye una predisposición esencial
de la acción responsable (una exigencia de actuar responsablemente es que
ninguna persona tiene derecho a disponer de otra persona y a controlar sus
posibilidades de acción de tal modo que la persona dependiente le sea sustraída
una parte esencial de su libertad. Esta condición es vulnerada cuando alguien
decide sobre el programa genético de otra persona). Se pierde la reciprocidad
básica de reconocerse mutuamente como autónomos.
El clon y el esclavo se parecen ya que los dos pueden relegar una parte
de la responsabilidad en otra persona, que el mismo debería soportar.
Cuando
alguien decide sobre el programa genético de otra persona, le está coartando el
derecho que tiene cada uno a la acción responsable. Lo que importa es esa determinación
intencionada de una persona por sobre otra, ya que con estas nuevas tecnologías
se resquebraja la autonomía de cada ciudadano.
Hay una diferencia moral entre un clon y una persona ya que debe hacerse
cargo de todas sus acciones, el clon puede atribuirlas al hecho de que hubo una
atribución intencionada en la planificación de su ser, por lo cual toda la
teoría del derecho y de la libertad no sirven para abarcar esta novedosa (y
terrible para Habermas) situación.
(209) Quien hace
duplicar su programa genético será, para Habermas, obsceno.
“¿Quién puede considerarse, por muy narcisista que sea, tan perfecto como
para poder desear, en general, una copia exacta de sus propias predisposiciones
y propiedades? “.
La comparación entre un esclavo y una persona clonada tendrá una
diferencia: la manumisión del esclavo (concederle la libertad), no sería, como
en el caso del clonado, librarse del propio código genético, sino librarse de
la determinación intencionada e este código por parte de otra persona.
“Aunque todos debemos vivir con las determinaciones, los talentos e impedimentos derivados de un
determinado código genético, en cualquier caso, desde la perspectiva del actor
mismo, dependerá de nuestra propia respuesta la forma cómo nos enfrenamos a
estos hechos o aquello que consideramos que nos ha sido dado al nacer”.
Sin embargo para un clon estas <<realidades>> no son
circunstancias causales. “Puede atribuir lo que normalmente
<<sucede>> al resultado de la acción de otras personas.” Es así que
se termina con la reciprocidad entre aquellos de igual condición à esto es lo que
pega fuerte en nuestra autocomprensión
moral.
(210)
“Antes de comprobar cómo podríamos contemplar seres humanos clonados,
deberíamos ante todo preguntarnos cómo deberían ellos contemplarse a sí mismos-
y si nosotros tendríamos el derecho a exigírselos”.
Está en cuestión si una sociedad debería abandonar lo que podría hacer.
(211)
Capítulo 9
La naturaleza
no prohíbe la clonación.
Debemos
decidir nosotros mismos.
Zimmer argumenta contra la admisibilidad de la clonación à “La clonación
detendría el mecanismo natural de variación. Se frena la combinación guiada casualmente
de los genes paternos à a esto le debemos que los recién nacidos vengan al
mundo como “ejemplares genéticos únicos”, el ser humano como ser genético es un
genio de la adaptación, gracias a su ampliamente variada predisposición. “Si
los seres humanos empezaran a clonarse, atentarían contra uno de los principios
a los que deben su existencia”. El ser humano va evolucionando de una forma que
se adapta al mundo, si se clona esta “evolución en base al medio” no se estaría
generando. “No se lo deberían permitir”. (212)
La dependencia derivada del “destino” que supone la socialización (por
ejemplo: otra persona sólo puede disponer de mi fuerza de trabajo, de modo
limitado temporal y materialmente, si yo he dado mi consentimiento,
<<relaciones de poder especiales>>), es sin duda de otro tipo que
la del destino genético. Ejemplo un
adolescente puede alejarse de su padre, irse de su casa, mientras que no deja
de estar sometido a sus genes.
La
cuestión: ¿Qué cambia en la autocomprensión moral de una persona que ha sido
clonada? La dependencia a un programa genético no variaría en nada, lo que si
cambia es que hay una dependencia como resultado de la determinación
intencionada de este programa por otra persona.
La autocomprensión moral cambia
cuando una persona puede atribuir la decisión sobre los aspectos de su vida a
otra persona, ya que habría una intención ajena en su propia constitución como
sujeto, y esto produce una incoherencia para la autoconsideración del individuo
en cuanto tal. Acá reside el gran peligro de las tecnologías genéticas para
este autor: éstas no deberían franquear la barrera de la autocomprensión moral.
Cuando unos padres deciden tener un hijo propio,
este hijo va a tener rasgos mezclado de ambos, hereda mediante una combinación
causal genética ( del padre y de la madre). Filiación genealógica.
(213)
“La determinación intencional del dotación
genética significa que se perpetúa un juicio de por vida sobre el clon, que
otra persona ha impuesto sobre él antes de su nacimiento”.
Relación entre DISEÑADOR y PRODUCTO. Intervención en
una zona que normalmente se sustrae a la disposición de otros.
“La persona clonada tendrá ciertamente como todas
las otras la libertad de relacionarse, a lo largo de una vida (…), con sus
talentos e impedimentos (…)”
“Pero para la persona clonada estos <<hechos
de nacimiento>> - o en todo caso aquellos que considera como tales- no
serían ya circunstancias casuales, sino el resultado de una acción
intencionada. Lo que normalmente es un acontecer contingente, el clon se lo
puede atribuir a la intención de una persona”.
Las condiciones que forman una identidad, en este caso, están sustraídas
a la intervención de otras personas, esto forma parte de la comprensión moderna
de la libertad de acción. El clon no podrá tener la misma relación determinante
sobre su creador, que las que este último tuvo sobre él. Se puede objetar que
los niños fecundados por padres no pueden tampoco engendrar a sus padres.
(214) Es así que
la clonación de seres humanos rompe con la relación simétrica de respeto mutuo.
La respuesta a las cuestiones morales sobre la clonación, la biología no nos
las puede dar por sí sola.
(215)
Capítulo
10
La persona
clonada no sería un asunto de derecho civil analizable en término de daños y
perjuicios.
A la persona clonada no se le ocasionan perjuicios.
Lo que se trata de saber es si el modo en el que se llega a su genoma
(mediante casualidad o determinación), modifica a una persona en su
autocomprensión.
“(…) el genoma establece las condiciones de la formación de la
identidad”. Son condiciones delimitadoras, posibilitadoras.
(216) El modo de
compresión también dependerá de los modelos interpretadores culturales. “¿Cómo
podía esta conciencia no verse afectada por el conocimiento de que en el diseño
de su propio genoma no actuó la causalidad de la naturaleza no la providencia
divina (determinación de Dios), sino un peer,
un semejante?
“La disposición arbitraria sobre la dotación genética de otra persona
fundaría una relación interpersonal entre el creador y el engendrado, entre el
arquetipo y la copia genética, desconocida hasta la actualidad. Esta relación
de dependencia diverge de las relaciones interpersonales conocidas en la medida
en que se sustrae básicamente a la transformación que puede darse entre
iguales, entre personas normalmente equiparables y que merecen el mismo trato.
El diseñador determina de modo irrevocable y asimétrico la forma inicial de su
producto, sin dejar abierta, por principio, la posibilidad de cambio de
papeles”:
(217)
Esta violación de una persona sobre otra fue comparada con varias
metáforas: amor/esclavo, diseñador/producto, etc. pero estas relaciones
“Carecen de la distancia entre el presente y un pasado irreversible entre una
decisión tomada antes del nacimiento y la historia de la vida subsiguiente,
sobre cuya totalidad esta decisión repercute.
“Lo inquietante ¿no es precisamente el aspecto para el que carecemos de
la imagen correcta, es decir, la repercusión permanente, en cierta manera
irreversible, de la decisión arbitraria de otra persona sobre
<<mi>>, no en tanto que yo existo, sino sobre condiciones
esenciales de mi autocomprensión?”.
Resumen 2
Habermas: “Un argumento contra la clonación de seres. Tres réplicas”
1-Ninguna
persona tiene derecho de disponer de otra y controlar sus posibilidades de
acción o de ser.
2-La
naturaleza no prohíbe la clonación, pero "el hombre no debe producir todo aquello que puede
realizar técnicamente, ni aplicar todo lo que puede construir (Hans Lenk).
3-Implica repercusiones permanentes e irreversibles en el
clonado sobre su autocomprensión (el clonado debería demandar a quien lo clonó
por daños y perjuicios).
Para la exigencia de actuar responsablemente una condición sigue siendo
esencial: ninguna persona tiene derecho a disponer de otra y a controlar sus
posibilidades de acción de tal modo que a la persona dependiente le sea
sustraída una parte esencial de su libertad. Esta condición es vulnerada cuando
alguien decide sobre el programa genético de otra persona.
Este problema se ve con la
clonación humana, donde hay usurpación y subyugación. Esto hace que sea diferente el caso del ser humano clonado intencionadamente
que el de los gemelos univitelinos. El problema no es la semejanza absoluta de
las partes surgidas de una célula, sino la usurpación y la subyugación. Con
esta técnica se instituye una competencia de decisión que sugiere una
comparación con el ejemplo histórico de la esclavitud. La esclavitud es una
relación jurídica y significa que un ser humano dispone de otro ser humano como
propiedad.
Según
criterios morales y no sólo por razones religiosas, la copia de la dotación
genética de un ser humano debe ser condenada. Este procedimiento destruye una
presuposición esencial de la acción responsable. Es
igual a la relación de esclavitud donde un hombre dispone de otro como su
propiedad. El clon se
asemeja al esclavo en la medida en que puede relegar en otras personas una
parte de la responsabilidad que él mismo debería soportar. El creador se
levanta como señor sobre los genes de otro.
Para el clon, en la definición de un código irrevocable se perpetúa
un juicio que otra persona ha impuesto sobre él antes de su nacimiento.
¿Quién puede
considerarse tan perfecto como para poder desear una copia exacta de sus
propias predisposiciones y propiedades?
El clon puede atribuir lo que
normalmente “sucede” al resultado de la acción de otras personas. Antes de comprobar
cómo podríamos contemplar seres humanos clonados, deberíamos ante todo
preguntarnos cómo deberían ellos contemplarse a sí mismos.
La biología no nos puede ahorrar
las consideraciones morales, y la bioética no nos debe conducir por senderos
biologistas. Los principios universalistas de un ordenamiento jurídico
igualitario sólo admiten aquellas capacidades decisorias que con compatibles
con el respeto mutuo por la misma autonomía de cada ciudadano. ¿Qué cambiaria en la autocomprensión moral
de una persona adulta si hubiera sido clonada? Se perpetua un juicio de por
vida sobre el clon, que otra persona ha impuesto sobre él antes de su
nacimiento. Aquí la relación interpersonal se asimila a la relación entre
diseñador y producto. Para la persona
clonada, los hechos del nacimiento no serían circunstancias casuales sino el
resultado de una acción intencionada. La
clonación de seres humanos vulneraría cualquier condición de simetría en las
relaciones entre personas adultas.
Desde la perspectiva de la autocomprensión ética, el genoma establece
las condiciones de la formación de la identidad. El modo como se conforma
esta autocomprensión depende de los modelos de interpretación predominantes en
una cultura. ¿Cómo podría esta
conciencia no verse afectada por el conocimiento de que en el diseño de su
propio genoma no actuó la casualidad de la naturaleza ni la providencia divina
sino un semejante?
La disposición arbitraria sobre
la dotación genética de otra persona fundaría una relación interpersonal entre
el creador y el engendrado. La diferencia que interesa radica en la
autocomprensión moral que varía cuando la persona afectada le atribuye la
decisión sobre los fundamentos naturales de su propio desarrollo a otra
persona, al encontrar en la imagen de sus predisposiciones una intención ajena.
Habermas tiene
una postura humanista, las nuevas tecnologías sobre el cuerpo trastocan la
percepción del mundo y la humanidad no puede soportarlo. Cierta concepción
del hombre que hacen que el aborto y la eutanasia sean asesinatos (concepción
clara de la vida y de la muerte), la medicina sobre el cuerpo va en contra de
lo que el hombre es, porque el hombre no es quien para quitarle la vida a otro
hombre.
La idea de Habermas tiene algo
de ciencia ficción y de presencia diaria. Uno puede ver todos los días (en el
diario Clarín, la relaciones en la pagina central de las nuevas tecnologías con
la salud.)
El punto fuerte de los textos es
la posibilidad de terminar el futuro. Una pregunta propicia que se le puede
plantear a Habermas es por que el código genético tiene que estar establecido,
determinado y clausurado en el momento de nacer???
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